Francisco Mendoza / Diario de Chiapas
El Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Comarnat) aprobó con la mayoría de votos de sus miembros, la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEMARNAT-2021, que establece los límites permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos receptores propiedad de la Nación, por lo que será publicada en el Diario Oficial de la Federación en los próximos días.
Dicha Norma sustituye a la emitida en 1996, la cual, durante 25 años no había sido actualizada, aun cuando los Límites Máximos Permisibles (LMP) y los parámetros establecidos habían probado ser insuficientes para controlar la contaminación en los cuerpos de agua; además de que la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización establece que las Normas se deben actualizar cada cinco años.
Ante este incumplimiento en administraciones pasadas, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales instruyó a través de la Subsecretaría de Fomento y Normatividad Ambiental, para que de manera coordinada con la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y con el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA) empujaran los trabajos pertinentes para concluir el proceso de modificación de la NOM-001-SEMARNAT-1996 y se actualice su contenido por tratarse de un tema prioritario para el gobierno de México, ya que un 70 por ciento de las aguas superficiales en el país están contaminadas o fuertemente contaminadas, de acuerdo con datos del Omar Arellano Aguilar, especialista en ecotoxicología de la Universidad Nacional Autónoma de México.
Los límites técnicos de la Norma vigente no solo son obsoletos, sino que además no corresponden a la problemática actual de la calidad del agua en México, vulnerando con ello el derecho humano de la población de contar con agua de calidad, así como al saneamiento de la misma.
Los principales cambios que contienen la referida norma oficial mexicana y que entrarán en vigor con su publicación son:
Se actualizará el apartado 2 “Referencias Normativas”, para actualizar el listado de las Normas Mexicanas para el muestreo y análisis de los parámetros que utilizan como referencia para la aplicación de la NOM-001-SEMARNAT-2021, eliminando aquellas que han sido canceladas o modificadas.
Se modificarán los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales a cuerpos receptores de propiedad nacional. Con esta modificación, en general, los límites serán más estrictos.
Se incorporan y regulan nuevos parámetros: demanda química de oxígeno (DQO), toxicidad y color verdadero.
Se establece 35 grados como temperatura máxima para las descargas en ríos, bajando cinco grados al parámetro que existía en la NOM de 1996.
Se incorporará el parámetro “Carbón Orgánico Total” para medir la carga orgánica de contaminante en aguas con una concentración mayor a 1000 mg/l de cloruros.
El parámetro de coliformes fecales será reemplazado por la determinación de Escherichia coli.
Se modificará la forma en la que se clasifican las descargas de agua residual, suprimiendo el uso del agua a descargar (i.e. riego agrícola, público urbano, etc.), enfocándose en la naturaleza del cuerpo receptor (i.e. ríos, arroyos, canales y drenes; embalses, lagos y lagunas; zonas marinas mexicanas y estuarios; y suelos).










