Muchos restaurantes tendrían que despedir meseros y gente de cocina, aumentando el desempleo de estas empresas que ya tenían asignados lugares específicos para fumadores y que esto les afectará.
Francisco Mendoza / Diario de Chiapas
Restauranteros chiapanecos buscarán el amparo en contra de la Ley General para el Control del Tabaco y su Reglamento, ya que afecta al derecho de los comensales y el impacto económico que la aplicación de este reglamento tendrá en los comercios de alimentos.
Guillermo Acero Bustamante, presidente de la Cámara Nacional de la Industria Restaurantera y Alimentos Condimentados (Canirac) en Chiapas, señaló que el grupo que encabeza está en contra del abuso excesivo del consumo del tabaco, pero también están a favor de los derechos de algunas personas que consumen este producto.
“La sorpresa cuando el 16 de diciembre sale el reglamento y prohíbe totalmente el consumo en las instalaciones (de los restaurantes), obviamente lo que a nosotros nos toca es en los restaurantes; en ninguna parte del restaurante puede estar el comensal fumando, se le tiene que invitar a que pase al lugar público que es en la calle para que tenga ese derecho de hacerlo”.
El impacto económico que la aplicación de este reglamento tendría en las unidades económicas dedicadas a los alimentos sería de un 20%; puntualizando que, si un restaurante en condiciones óptimas obtiene una ganancia de un 30% (situación que actualmente no ocurre ya que los restaurantes alcanzan un 5 a 10% de utilidades), el impacto del 20% sería fatal para el gremio.
“Estamos todavía en recuperación económica, muchos restaurantes, unidades económicas siguen en punto de equilibrio sin poder llegar a utilidades y son muchos no son pocos, después de esa tragedia sanitaria que se convirtió en una tragedia económica y estamos en una tragedia emocional también”.
Si estas reglas son aplicadas, muchos restaurantes tendrían que despedir meseros y gente de cocina, aumentando el desempleo de estas empresas que ya tenían asignados lugares específicos para fumadores y que esto les afectará.
Explicó que en estos momentos no era conveniente marcar un reglamento tan estricto porque afecta directamente a los restaurantes porque muchos de estos ya habían acondicionado espacios específicos para fumadores y es una inversión desperdiciada, además de que se violan los derechos de los comensales a querer fumar en el lugar donde están consumiendo sus alimentos, por lo que los restauranteros van a buscar el amparo.
“Esta semana precisamente ya tenemos la última plática con todos, el día jueves con todos mis agremiados con un despacho experto y ya quedará en el derecho de cada uno de los agremiados y nosotros pensamos va ser la mayoría, presentar este amparo contra esta disposición, porque no puede ser más receptivo el reglamento que la propia ley”.
Este movimiento de la Canirac es a nivel nacional, por lo que cada una de las cámaras en los 32 estados realiza este mismo movimiento a fin de que este amparo sea para cada uno de los miembros del organismo en todo el país.
VIGILANCIA DE COFEPRIS
La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) informó en un comunicado que la vigilancia de la Ley General para el Control del Tabaco y su Reglamento, se realiza con base en artículo 393 de la Ley General de Salud, el cual cita “Corresponde a la Secretaría de Salud y a los gobiernos de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, la vigilancia del cumplimiento de la Ley General de Salud (…)”.
Cofepris en coordinación con las entidades federativas y en cumplimiento al Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 16 de diciembre de 2022 y entró en vigor el 15 de enero de 2023, realizará visitas de verificación sanitaria en la República Mexicana, para vigilar el cumplimiento del citado Reglamento en:
- Establecimientos que cuenten con espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones, espacios cerrados, los lugares de trabajo, transporte público, espacios de concurrencia colectiva, escuelas públicas y privadas en todos los niveles educativos y en cualquier otro lugar con acceso al público que en forma expresa lo establezca la Secretaría.
- En los puntos de venta y demás lugares en los que se comercialicen, vendan, distribuyan, suministren o expendan productos de tabaco se verificará que no se encuentren exhibidos directa o indirectamente.
En relación a la comercialización de los productos de tabaco, se vigilará el cumplimiento de los formatos publicados en el “ACUERDO por el que se dan a conocer los requisitos y características con las que deberá contar la lista textual y escrita de los productos de tabaco para su comercialización en los puntos de venta”, publicado en el DOF el día 13 de enero de 2023. - El cumplimiento de los mensajes y pictogramas que se encuentran en vigor en los productos de tabaco.
- Vigilancia en medios de comunicación para evitar la publicidad de productos del tabaco, en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de comunicación y difusión.
- Sobre las sanciones, se informa que después de agotar los procedimientos administrativos correspondientes, se podrá aplicar amonestación, sanciones, multa e incluso la clausura del establecimiento.
Para ejecutar las acciones antes mencionadas esta comisión cuenta con verificadores capacitados y los designados por cada estado, para la vigilancia de la Ley General para el Control del Tabaco y su Reglamento.










