Chiapas aprueba supremacía constitucional; se sumó a los 20 congresos estatales

Marco Alvarado /Diario de Chiapas

Este jueves, en una sesión atípicamente temprana, que se celebró a las 08:00 horas, los legisladores locales aprobaron con 32 votos a favor y cinco en contra, la controvertida reforma que impulsa el partido en el poder.

Morena y sus aliados han buscado una “aplanadora” legislativa para tener esta reforma lo antes posible, la 69 Legislatura de Chiapas hizo lo propio este jueves, tal y como lo dio a conocer el presidente de la Mesa Directiva, Mario Guillén.
Según la opinión del legislador, con esto Chiapas se suma a la aprobación de esta reforma que pretende “rescatar el poder de decisión del pueblo”, permitiendo que se garantice la continuidad de las reformas constitucionales sin intervención judicial que limite el ejercicio democrático, un paso que otras voces advierten como peligroso para el equilibrio de poderes.
Voces como la de la legisladora morenista, Marcela Castillo, se unieron al coro de argumentos en favor de la reforma, aprobada en tiempo record y sin haber sido analizada y discutida a profundidad, asegurando que “no atenta contra los derechos humanos, sino que busca diferenciar entre las distintas vías legales como el juicio de amparo y las controversias constitucionales”.

Esta nueva ley establece que las reformas a la Constitución no podrán ser impugnadas ni suspendidas con amparos, controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad.
Aunque la reforma ha sido criticada por organizaciones civiles y miembros de la oposición, Morena defiende el proyecto afirmando que busca evitar el “activismo político” de jueces y magistrados que en el pasado han invalidado reformas aprobadas por el Congreso.

La reforma plantea cambios a los artículos 105 y 107 de la Constitución para que legislaciones como la polémica reforma al Poder Judicial y futuras no puedan ser impugnadas ni suspendidas.

Con las modificaciones, el artículo 105 señala que “son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a esta Constitución”.

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