-Presidente de la Mesa Directiva, Luis Ignacio Avendaño Bermúdez, dijo que se analizará el tema y se someterá a votación la próxima semana
Marco Alvarado / Diario de Chiapas
El Congreso de Chiapas sí analizará la despenalización del aborto, y en consecuencia también una reforma al Artículo 181 del Código Penal local, informó este martes el presidente de la Mesa Directiva, Luis Ignacio Avendaño Bermúdez.
Aunque aclaró que la 69 Legislatura no ha recibido formalmente la sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), están enterados del sentido en el que resolvió la corte, con el objetivo de garantizar el derecho a la libre decisión de las mujeres.
Este martes, durante la conferencia de prensa que ofrece previo a la sesión ordinaria, el legislador local informó que se reunieron con los integrantes de la Junta de Coordinación Política y acordaron analizar pronto este tema, y someterlo a votación la próxima semana, previa reforma en la Constitución local.
De acuerdo con lo informado por la SCJN, el Congreso de Chiapas debe adecuar el Artículo 181 del Código Penal local, por contravenir el derecho a la libre decisión de las mujeres y criminalizar la interrupción del embarazo.
Si bien anteriormente el Poder Legislativo quitó de este artículo el plazo de 90 días para poder realizar este procedimiento, los ministros estimaron que aún es violatorio, al señalar que persisten limitantes en la libre decisión de las mujeres y sus derechos a la autonomía, salud libertad reproductiva, libre desarrollo de la personalidad, dignidad humana, entre otros.
Esto debido a que la redacción del artículo sólo establece que “No es punible el aborto cuando el embarazo sea consecuencia de violación, o cuando la madre embarazada corra peligro de muerte, o pueda determinarse que el producto sufre alteraciones genéticas o congénitas que den por necesario el nacimiento de éste con trastornos físicos o mentales graves, previo dictamen del médico que la asista, oyendo el dictamen de otros médicos especialistas, cuando fuere posible y no sea peligrosa la demora.”
De acuerdo con la CNDH, el artículo 181 del Código Penal para el Estado de Chiapas establece los supuestos en los que no se aplicará la pena por la comisión del delito de aborto, no obstante, “la disposición es inconstitucional en la medida en que forma parte de un sistema que criminaliza de forma absoluta a las mujeres y a las personas gestantes que deciden abortar, anulando así su derecho a decidir y otras prerrogativas que les reconoce el parámetro de regularidad constitucional”.
También la diputada local, Elvira Catalina Aguiar Álvarez, se refirió a este tema, y reconoció que es necesario hacer una reforma al texto constitucional del estado, discutir el tema y presentarlo ante el pleno.
Para ello dijo que van a trabajar con los grupos defensores de los derechos de las mujeres, aclarando que esto no implica obligar a que las mujeres aborten, sino a que el Estado mexicano brinde un acceso a procedimientos médicos seguros para quien así lo decida, de manera libre.










