A diferencia de otros servicios federales de salud que siguen negándolo, a partir de hoy el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) deberá proveer el servicio de aborto en los estados donde éste ha sido despenalizado, según lo establece un acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el jueves 23 de enero.
Desde que la interrupción legal del embarazo fue despenalizada por primera vez a nivel local en la Ciudad de México en 2007, el ISSSTE y el IMSS se negaban a practicarla debido a la omisión del Congreso de la Unión de legislar reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida libre de violencia, la Ley General de Salud y el Código Penal Federal, que rigen a los servicios federales, pese a que existe una iniciativa en ese sentido desde 2021.
El servicio de aborto era negado comúnmente también cuando se trataba de causales contempladas en leyes locales, porque el Código Penal Federal solo considera cuando el embarazo es resultado de una violación, cuando existe peligro de muerte de la mujer embarazada o cuando el aborto es espontáneo o accidental. Por lo tanto, el acceso en los servicios federales seguía siendo restringido y no correspondía a la realidad de cada estado.
Acceso al aborto en ISSSTE
En el documento, el organismo define la interrupción legal del embarazo (ILE) como el procedimiento médico realizado por personal de salud capacitado, que interrumpe el proceso de gestación en el periodo comprendido entre el momento de la implantación y las 12 semanas completas de gestación, que debe realizarse bajo condiciones legales y médicas que resguarden la integridad de la persona usuaria.
reformado su legislación en la materia. Este procedimiento se realiza a petición expresa de la persona usuaria en ejercicio voluntario, libre y en pleno ejercicio de su autonomía reproductiva”, agrega el acuerdo.
“Estamos celebrando esto porque este problema que tenemos con el ISSSTE, el IMSS y el ISSFAM viene desde la despenalización de la Ciudad de México, donde ellos han dicho que el código que les aplica es el Código Penal Federal, y aunque te encontraras en Ciudad de México o en algún otro estado que haya despenalizado, no podías acceder a estos servicios porque a ellos les rige este código que hasta la fecha, y a pesar de que la Suprema Corte ya le dio la orden al Congreso de despenalizar el aborto, no se ha reformado”, señala en entrevista Ninde MolRe, integrante de AbortistasMx y Necesito Abortar.
Con información de Animal Político










