Ahora la ley no penaliza este procedimiento dentro de las 12 semanas, aunque en los hechos el cumplimiento enfrenta dificultades.
Marco Alvarado / Diario de Chiapas
La interrupción legal del embarazo aún enfrenta barreras en las que hace falta trabajar, como la objeción de conciencia, o que haya un presupuesto para espacios propicios en el sistema de salud público, comentó en entrevista la integrante de la Red de Monitoreo para el Acceso al Aborto Voluntario en Chiapas, Michel Domínguez.
Esta red organizó un foro para analizar los desafíos en este derecho, reconocido legalmente en el estado a finales de 2024, luego de años de lucha por parte de las colectivas feministas.
Ahora la ley en Chiapas no penaliza este procedimiento dentro de las 12 semanas, aunque en los hechos el cumplimiento enfrenta dificultades “después de la despenalización aún hay mujeres que buscan el aborto autogestionado, orientadas por las colectivas feministas, porque en muchos casos son las únicas opciones a su disposición”.
Domínguez recordó que Chiapas, uno de los últimos estados en hacer esta modificación legal, dio este paso no por una decisión legislativa ni por el interés de las autoridades, sino porque las colectivas impulsaron una acción de inconstitucionalidad que “obligó” al Poder Legislativo, “estábamos en una situación jurídica desigual, pero ya tenemos este cambio, y ahora toca avanzar en hacer que se cumpla la ley, que haya espacios dignos, que el IMSS haga efectivos los lineamientos técnicos, y que el personal de salud conozca que se trata de un derecho”.
Precisamente a partir de este viernes 24 de enero queda garantizada la aplicación del procedimiento para la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) en unidades médicas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
La medida entrará en vigor luego de que este viernes se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Según el ISSSTE, el propósito de este acuerdo es “proteger la integridad y la autonomía reproductiva, a partir de brindar certeza de la aplicación del procedimiento tanto para el personal de salud como para las personas usuarias, con el fin de que reciban una atención oportuna e integral, de conformidad con las disposiciones legales aplicables”.










