Diario del Sur
La historia de la lucha por la tierra en Chiapas tiene uno de sus capítulos fundamentales en 1921, cuando el estado promulgó su primera Ley Agraria después de la Revolución Mexicana. Aquella legislación pretendía responder a las demandas campesinas y establecer límites a la concentración de grandes extensiones, pero terminó convirtiéndose en uno de los primeros obstáculos para un reparto agrario amplio.
La ley fue promulgada durante el gobierno de Tiburcio Fernández Ruiz, quien gobernó Chiapas entre 1920 y 1924. El mandatario pertenecía al grupo conocido como los mapaches, vinculado con los propietarios rurales que se habían opuesto durante el conflicto revolucionario a las políticas que amenazaban sus propiedades.
De acuerdo con investigaciones históricas y documentos sobre la legislación agraria chiapaneca, la norma fue firmada en el Palacio Provisional del Estado, en Tuxtla Gutiérrez, el 28 de octubre de 1921. Su publicación apareció en el Periódico Oficial del Estado en noviembre de ese mismo año.
¿Qué establecía la Ley Agraria de 1921?
Uno de los puntos centrales de la legislación era la definición de latifundio. La ley consideraba como tal toda propiedad que superara las 8 mil hectáreas.
En términos generales, los propietarios que rebasaran ese límite tenían que fraccionar el excedente. Sin embargo, el mecanismo establecido no significaba necesariamente que esas tierras fueran entregadas gratuitamente a los campesinos.
La legislación permitía que los propietarios conservaran las tierras que eligieran dentro del límite establecido y que el excedente fuera fraccionado para su venta. De esta manera, el acceso a una parte importante de esas tierras dependía de una operación de compraventa.
La investigación histórica ha señalado que este mecanismo terminó favoreciendo a los grandes propietarios, pues podían seleccionar las tierras que conservarían y, en determinados casos, mantener bajo su control las superficies de mayor calidad.
Un estudio de la Universidad Autónoma Chapingo incluso documenta que la legislación establecía como latifundio toda extensión superior a 8 mil hectáreas y señala que el modelo impulsado durante esos años no llegó a afectar de manera importante a las fincas cafetaleras del Soconusco.
Una reforma agraria que avanzó lentamente
La contradicción era evidente: mientras la Constitución de 1917 había establecido las bases para transformar la propiedad de la tierra, en Chiapas la aplicación de la reforma avanzó con mucha mayor lentitud.
Un estudio del Instituto de Administración Pública de Chiapas señala que la Ley Agraria de 1921 estuvo lejos de representar un reparto agrario profundo y, por el contrario, funcionó como un marco que permitió preservar buena parte de los privilegios de los grandes propietarios. Para 1923, 728 propiedades rurales de más de mil hectáreas concentraban más de 2.6 millones de hectáreas de un total de 7.44 millones censadas en la entidad.
La situación también fue analizada por investigadores de El Colegio de México y otras instituciones académicas, quienes han documentado que la política agraria de aquellos años estuvo marcada por la influencia de los grupos de propietarios rurales y por la resistencia al reparto de tierras.
El problema no se limitaba a las grandes extensiones. En distintas regiones de Chiapas persistían relaciones laborales y sociales heredadas de las fincas, mientras los campesinos enfrentaban dificultades para acceder a tierras propias.
El Soconusco, un caso particular
En el Soconusco, la situación tuvo características propias debido al peso de las fincas dedicadas a cultivos comerciales, particularmente el café.
Investigaciones sobre la historia agraria de la región documentan que la Ley Agraria de 1921 estableció el límite de 8 mil hectáreas, pero su aplicación no significó una transformación inmediata de las grandes propiedades agrícolas de la zona.
Además, en 1922 un decreto federal impulsado durante el gobierno de Álvaro Obregón dejó fuera del proceso de reparto determinadas plantaciones dedicadas a productos comerciales como café, cacao y vainilla, lo que contribuyó a mantener protegidas algunas de las principales unidades productivas de Chiapas.
La resistencia campesina, sin embargo, no desapareció.
Durante la década de 1920 comenzaron a crecer las organizaciones agrarias y obreras que reclamaban mejores condiciones laborales y acceso a la tierra. En distintas regiones del estado surgieron conflictos entre campesinos, trabajadores de las fincas y propietarios.
En el caso del Soconusco, investigaciones históricas documentan incluso enfrentamientos relacionados con solicitudes de tierras y denuncias de desalojos y agresiones contra campesinos durante la década de 1920.
El reparto tendría que esperar
La Ley Agraria de 1921 no resolvió el problema de la concentración de la tierra. Por el contrario, el reparto avanzó lentamente durante los siguientes años.
De acuerdo con investigaciones históricas, entre 1920 y 1924 se repartieron alrededor de 20 mil 274 hectáreas entre mil 100 campesinos, una cantidad reducida frente a la extensión territorial y al tamaño de la población rural que demandaba tierras.
La situación comenzó a cambiar durante otros gobiernos y, posteriormente, con mayor fuerza durante el periodo presidencial de Lázaro Cárdenas, cuando la reforma agraria nacional adquirió un nuevo impulso.
En Chiapas, el reparto agrario se intensificó particularmente a partir de la década de 1930 y transformó la estructura rural mediante la creación y ampliación de ejidos.
Pero el problema de la tierra no desapareció.
Un conflicto que cambió de forma
Más de un siglo después de aquella primera Ley Agraria, la propiedad social continúa representando una parte fundamental del territorio chiapaneco.
El Registro Agrario Nacional informó en 2025 que 59.4 por ciento del territorio de Chiapas corresponde a propiedad social; de esa superficie, 82 por ciento corresponde a ejidos y 18 por ciento a comunidades.
Esto significa que la discusión sobre quién posee, utiliza, hereda, delimita y aprovecha la tierra continúa siendo relevante para miles de familias campesinas.
La problemática actual ya no se reduce únicamente al reparto de grandes haciendas. Ahora también incluye la certeza jurídica de los ejidos y comunidades, delimitación de terrenos, regularización de derechos, conflictos entre integrantes de núcleos agrarios y disputas por la propiedad y uso de la tierra.
El propio Registro Agrario Nacional mantiene programas destinados a atender problemas de regularización y certeza documental de ejidos y comunidades, mientras que en 2025 informó de acciones para fortalecer la seguridad jurídica de la propiedad social en Chiapas.
Incluso en 2026 continúan los procesos de regularización. En agosto de este año, el RAN entregó 56 títulos de propiedad a integrantes del ejido La Asunción, en Cintalapa, como parte de los trabajos para brindar certeza jurídica sobre la tenencia de la tierra.
De los latifundios a la certeza jurídica
La primera Ley Agraria de Chiapas nació hace más de un siglo con la promesa de enfrentar el problema de la concentración territorial. Sin embargo, sus propios mecanismos limitaron el alcance del reparto y permitieron que buena parte de los intereses de los grandes propietarios permanecieran protegidos.
La historia posterior demostraría que la lucha por la tierra en Chiapas no terminó con una ley.
Cambió de escenario, de actores y de mecanismos: pasó de las grandes fincas y los latifundios a los ejidos, las comunidades, la regularización de derechos, los tribunales agrarios y las disputas por los límites y el uso del territorio.
Por eso, aquella legislación promulgada en 1921 puede entenderse como uno de los primeros capítulos de una historia que, más de cien años después, todavía se escribe en los campos y comunidades de Chiapas.










