Edil de Tuxtla pudo incurrir en peculado

M de R/Diario de Chiapas

La sospecha de que incurrió en un probable peculado mientras estaba al frente de la Secretaría de Medio Ambiente e Historia Natural (Semahn), persigue al presidente municipal de Tuxtla Gutiérrez, Carlos Morales Vázquez.

Lo anterior por haber permitido la ejecución de tres obras plagadas de irregularidades, financieramente inexcusables por los montos aprobados y cuyos resultados no corresponden con lo esperado; una similitud con lo que sucede ahora, que a la empresa Veolia le facilita contratos.

Ahora que el tema de los contenedores comprados a Veolia, por un monto superior a los 28 millones de pesos, está en el interés de la Auditoría Superior del estado, bien haría la autoridad en revisar el historial de Carlos Morales Vázquez, y no se llevaría ninguna sorpresa al encontrar que violación a la Ley de Adquisiciones de Bienes Muebles y Contratación de Servicios para el estado, es la norma y no la excepción en su proceder como funcionario.

Por esta razón, en el año 2016 le fueron observados cinco millones 286 mil 837 pesos, como resultado de haber incurrido en pagos en exceso, simulación en acarreos de tierra, contubernio con ex presidentes municipales en la selección de terrenos para construir tres rellenos sanitarios en igual número de municipios, y sin las mínimas condiciones mitigadoras.

Como titular de la Semahn, Carlos Morales se permitió hacer con la ley lo que le vino en gana, y prueba de ello es que avaló defectuosos estudios de impacto ambiental y quebrantó las normas en la materia.

Por este motivo, se advierte también la existencia de responsabilidad administrativa y penal atribuible en su contra, por la probable comisión de hechos considerados como delitos de Peculado y Ejercicio Abusivo de Funciones, previstos en los artículos 429 fracción I y 432 fracción IV del Código Penal para el Estado de Chiapas, que refieren:

De acuerdo con el Artículo 429, comete el delito de peculado: “Todo servidor público que para su beneficio o el de una tercera persona física o moral, distraiga de su objeto dinero, valores, fincas o cualquier otra cosa perteneciente al Estado, al Municipio o a un particular, si por razón de su cargo los hubiere recibido en administración, en depósito, en posesión o por otra causa”.

Mientras que el Artículo 432, establece que comete el delito de Ejercicio Abusivo de Funciones “el servidor público que teniendo a su cargo fondos públicos, les dé una aplicación distinta de aquella a que estuvieren destinados o haga un pago ilegal”, como sucedió con tres rellenos sanitarios, y de cuya inconsistencia financiera dio cuenta anteriormente este medio.

Lo anterior considerando que los recursos presupuestales asignados y ministrados a la Secretaria a su cargo, beneficiaron a contratistas quienes dispusieron indebidamente de los recursos asignados a las obras pues existen conceptos cobrados no ejecutados, cobros indebidos y en exceso, observándose además su desvío pues dichos fondos públicos tuvieron una aplicación distinta a los que estaban asignados.

¿A poco no se dio cuenta Carlos Morales de lo que estaba ocurriendo frente a sus ojos, como pretende ahora que ocurra con la empresa Veolia?

Última hora

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *