Jeny Pascacio / Diario de Chiapas
El Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP) interpuso un juicio de amparo ante el Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa contra el Congreso de la Unión por omisión legislativa que afecta a niños, niñas y madres migrantes en México.
Anel Ortega Moreno, directora de Litigio Estratégico del IFDP, dio a conocer que desde el 5 de febrero de 2017 el Congreso ha incurrido en omisión legislativa debido a que no ha emitido la ley general que armonice y homologue la organización y el funcionamiento de los Registros Civiles en todos los estados del país, conforme lo mandata el artículo 73 fracción XXIX-R de la Constitución.
“Es fundamental que se legisle pues se tiene una cifra negra, aunque no se tiene con certeza el número de niños de madres migrantes que están naciendo en el país, se les está negando su registro”, dijo en entrevista para Diario de Chiapas.
Esto sucede a pesar del contexto por la pandemia por el COVID-19 y la ‘cifra negra’ de personas que ingresan a México con la agravante negativa del Instituto Nacional de Migración de permitir el acceso a la Defensoría Pública Federal a las estaciones migratorias para dar asesoramiento a las personas en movilidad.
Por ello, la omisión legislativa viola, en perjuicio de hijas e hijos de migrantes en situación irregular nacidos en territorio nacional, los derechos fundamentales a la igualdad y no discriminación, al registro de nacimiento inmediato, al nombre, a la nacionalidad, a la identidad, a la seguridad jurídica y al interés superior de la niñez.
“Tratamos de encontrar una vía para solucionar o tratar de que se solucionen todos los casos, no ir buscando soluciones uno a uno. En 2019 se registraron 187 mil migrantes, de los cuales un promedio de 3 mil cada mes fueron mujeres que podían estar embarazadas, que dieron a luz o que estaban en lactancia”.
Otro de los contras de la falta de legislación son los requisitos que piden a las personas en movilidad humana, “no toman en cuenta su situación de tránsito ni las barreras legales o fronterizas para cumplir con los requisitos. Para los migrantes que vienen huyendo de contextos de violencia de algún aspecto relacionado con persecuciones no necesariamente van a tener archivos personales”.
La legislación de este derecho puede ser clave para el ejercicio de otros derechos que en el contexto de la pandemia se pueden volver fundamentales y significar acceder o no a los servicios que ofrecen las diferentes entidades o la Federación.
GRAVEDAD
El 29 de abril de 2021 se celebró audiencia constitucional y el Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa emitió sentencia y concedió el amparo solicitado, por vulneraciones a los artículos 1°, 4°, 14, 16, 30, 73 y 133 constitucionales para el efecto de que la Cámara de Diputados y el Senado de la República lleven a cabo todas las acciones necesarias para que se expida a la brevedad la Ley Reglamentaria.
“En el contexto de la pandemia nos pareció grave que esto no se hubiera realizado y no se esté colmando esta omisión en legislar que es atribuible al Congreso de la Unión. Estaríamos a la espera de que en su momento se pudiera solicitar a la Suprema Corte la atracción del mismo”.
El Instituto Federal de Defensoría Pública puso a disposición el teléfono Defensatel 800 22 42 426, que es gratuita y funciona las 24 horas, donde brinda servicios especializados de asesoría legal a personas en movilidad con cobertura nacional en las 32 entidades federativas del país.










