La CNDH acreditó violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a una vida libre de violencia obstétrica de la víctima

Marco Alvarado/ Diario de Chiapas
Por la falta de atención especializada a una mujer embarazada, que al momento de dar a luz fue víctima de violencia obstétrica, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Chiapas.
De acuerdo con esta recomendación, la víctima careció de atención especializada durante la gestación y fue víctima de comentarios ofensivos en el parto; además de que a su hijo no se le otorgaron los cuidados especiales que necesitaba, provocando su fallecimiento, hechos ocurridos en el Hospital General de Zona número 2 del IMSS.
La Recomendación 170/2023 establece que la víctima presentó una queja en la que denunció que recibió atención médica deficiente, tanto en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) número 23 como en el Hospital General de Zona (HGZ) número 2, pues en las citas de control prenatal, realizadas entre el 18 enero y el 4 mayo de 2018, fue atendida por un médico que no tenía especialidad en ginecología.
“El 16 de mayo ingresó al hospital general con dolor abdominal y sangrado vaginal, sin embargo, hasta el día siguiente fue transferida al área de Ginecología y Obstetricia bajo el diagnóstico de infección en vías urinarias. El 20 de mayo presentó la misma sintomatología y tuvo que esperar siete horas para recibir atención por parte del único ginecólogo que laboraba en el lugar. Posteriormente, fue remitida a labor de parto y dio a luz en una camilla sin que nadie le asistiera médicamente. Varios minutos después, un médico le indicó que el producto de la gestación había fallecido y se le practicó un legrado uterino”, señala esta queja.
La CNDH acreditó violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a una vida libre de violencia obstétrica de la víctima; la vulneración del derecho a la vida de la persona recién nacida; así como afectaciones al acceso a la información en materia de salud, responsabilidad de servidoras públicas de la clínica familiar y el hospital en cuestión, quienes incurrieron en malos tratos, abandono y negación para el acceso a servicios especializados. Se comprobaron omisiones para enviar a la paciente a un segundo nivel de atención para valoración obstétrica urgente, debido a que presentaba alto riesgo de parto pretérmino. Además, desde su llegada al hospital general fue víctima de comentarios agresivos por parte del personal médico, quienes le exigían que dejara de quejarse, le sugerían que lo pensara bien antes de volver a embarazarse e incluso uno de ellos le dijo: “por eso no soy mujer”.
Por último, se constató que en diversos documentos clínicos se asentó información falsa y su expediente estaba incompleto. Derivado de lo anterior, el IMSS tendrá que realizar el procedimiento conducente para que las víctimas indirectas del caso puedan acceder a los recursos de ayuda y asistencia a los que tengan derecho, además de que puedan tramitar la reparación integral del daño, el otorgamiento de la compensación correspondiente y recibir atención psicológica y tanatológica.

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