Cantidad o Calidad en la Protección de Áreas Naturales

Roger Heli Díaz Guillén
Chiapa de Corzo, Chiapas
El 08 de enero de 2024, se publicaron 20 decretos de Declaratoria de Áreas Naturales Protegidas, que considera poco más de 2 millones de hectáreas en 16 estados de la República, que se suman a las 23 áreas naturales que en este gobierno se han protegido y a las 182 que existían en México en el 2018, para hoy ser 225 áreas naturales protegidas federales bajo administración de la CONANP, con una superficie de casi 94 millones de hectáreas.
Como antecedente, 127 áreas naturales existían al año de 1996 en México y al 2016 se contaba con 177 de competencia federal, con una extensión territorial de 25 millones de hectáreas, incrementándose al año 2023 un total de 205 áreas naturales con 91 millones, 608 mil, 602 hectáreas; es decir, 66 millones de hectáreas más se protegieron en los últimos siete años que representan más de dos terceras partes del total al 2023.
En lo cualitativo es importante destacar y precisar que la debida atención y administración de estas áreas se basa en sus Programas de Manejo, “tanto para el aseguramiento del goce y ejercicio del derecho humano a un medio ambiente sano, no sólo porque tenga como fin la protección de la integridad y conservación de la flora y fauna y de los recursos naturales dentro las áreas naturales protegidas, como también la protección de otros derechos, como a la seguridad jurídica, a la legalidad y a los derechos de los pueblos y comunidades indígenas que habitan en esas regiones”; como lo destaca la Recomendación de la CNDH número 26/2016.
En esta recomendación se afirma que, al 31 de marzo de 2016, se habían publicado programas de manejo para 102 áreas naturales y 75 no, que representa el 42.37% del total, muchas de estas del estado de Chiapas, como el Parque Nacional Cañón del Sumidero; y en el 2023 se identificaron en página oficial de la CONANP, que 83 áreas naturales protegidas se reconocen que no cuentan con programa de manejo, que representan el 40.48% del total. Únicamente 122 cuentan con este instrumento normativo, con lo que se infiere que la recomendación se ha atendido en un 1.89% de eficiencia en términos numéricos, comparativo 2016 vs 2023.
Se destaca de la información oficial, que poco se ha hecho en siete años para atender lo observado por la CNDH, cuyas recomendaciones incumplidas expresan actos de omisión de responsabilidades de las autoridades responsables: Gobierno federal y estatales, CONANP y SEMARNAT.
Se ha crecido en superficie protegida, que es loable y se reconoce; pero es criticable por la ciudadanía afectada en sus derechos, el no atenderse la protección legal y administrativa de las áreas naturales protegidas de forma integral y sostenible, mediante los instrumentos normativos denominados Programas de Manejo; que resulta un problema mayor si sumamos las áreas naturales cuyos programas normativamente llevan décadas sin actualizar, como por ejemplo la Reserva de la Biosfera Montes Azules, en la Selva Lacandona.
El cuidado, conservación y sostenimiento de las áreas naturales, es responsabilidad de todos. Impulsemos su atención por los Derechos Humanos, por la Vida, por la Naturaleza. No se puede proteger lo que no se norma.

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