Derechos de la Naturaleza por la Vida

Roger Heli Díaz Guillén

Chiapa de Corzo, Chiapas

El Derecho Humano a un Medio Ambiente Sano se logró el 8 de febrero de 2012, 20 años después de la Declaración de Rio de Janeiro en 1992 y 40 años después de la Carta Mundial de la Naturaleza de las Naciones Unidas de 1982, promulgándose en 1988 la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, que definió la obligación del Estado del cuidado y protección de los recursos naturales y el medio ambiente.

Hoy, los Gobiernos de la 4ª. Transformación, ante el Cambio Climático y Calentamiento Global, deben retomar el interés ciudadano e internacional de atender el reconocimiento de la Naturaleza como Sujeto de Derecho, el respeto a sus procesos esenciales y la obligación legal de su protección, restauración y sostenibilidad; existiendo antecedentes de ello en América Latina con Ecuador y Bolivia, entre otros Países.

Los “Derechos Colectivos” corresponden a Derechos Humanos vinculados a la existencia del entorno y Vida, como el derecho a un Medio Ambiente Sano, cuyo tratamiento jurídico ha sido proteccionista, centralista y vinculado a Patrimonio Nacional, Soberanía, Derechos de Estado y Seguridad Nacional, desvinculado con el interés social en política pública de involucrar la “Intervención Ciudadana”, comunidad científica y perspectiva internacional Convencional, de Legislar ¡ya! los Derechos de la Naturaleza en la perspectiva Patrimonial Biocultural de los Pueblos y Comunidades.

Los Derechos de la Naturaleza se fundan en la citada Carta Mundial y la Declaración Mundial de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) de abril de 2016, que en sus Principios 1 y 2 establecen la responsabilidad de promover el Bienestar y “Derecho a la Naturaleza y Derechos de la Naturaleza”; destacando que “Cada ser humano y otros seres vivos tienen derecho a la conservación, protección y restauración de la salud e integridad de los ecosistemas. La Naturaleza posee un derecho Intrínseco a existir, prosperar y evolucionar”.

Nuestra democracia debe direccionar su acción Política y Legislativa a un modelo de “Ciudadanía de Intervención” en la relación hombre-naturaleza, como escenario alterno al vínculo histórico Estado-Recursos Naturales, en un orden jurídico del Derecho Ambiental vinculado a los Derechos Colectivos y jurídico de la Naturaleza como elemento(s) de garantía del buen vivir.

En este propósito, donde muchas voces y tinta hemos abonado, destaca que el pasado 2 de febrero de 2022 la Presidenta de La Comisión de Selvas y Bosques de la actual legislatura del Congreso de Chiapas del partido Verde, anunció Iniciativa de Ley sobre Derechos de la Naturaleza para su reconocimiento como Sujeto de Derecho; que es la continuidad de lo anunciado en junio de 2020 por el Presidente de la Comisión de Ecología y Cambio Climático de MORENA, sin haber prosperado.

Esperemos que este propósito sea retomado por el Gobierno de Chiapas para que se haga realidad, ya que por años las iniciativas de Leyes y Reformas que prosperan siempre provienen del Ejecutivo.

¡Con Voluntad Política, sí se puede!

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