Impulsan a los Semilleros Creativos, en Estados Unidos

Roger Heli Díaz Guillén
Diario de Chiapas
Hablar de Cultura, es hablar de cúmulos de conocimientos y expresiones creados por grupos de personas autodefinidos como pueblos en todo el mundo, que conforman -además de territorios, gobiernos, normas y población- la IDENTIDAD que identifica a cada grupo social y que permite explicar cada proceso social de desarrollo y/o existencia.
La Cultura transitó en siglos de los modales, buenas palabras y conductas, a su concepción antropológica social integral como producto social que permite explicar formas de vida, concepciones, saberes, creaciones materiales arquitectónicas, arte y su relación con la tierra y la naturaleza. Este transito permitió revalorar a la cultura como un patrimonio intangible, tangible y natural; como un todo que explica el desarrollo del hombre en sociedad.
Al paso del desarrollo humano en la vida social y los intereses económicos que han dado dirección al desarrollo y orden mundial, la Cultura fue revalorada como riqueza social y derecho humano, representando una piedra angular para la paz entre pueblos, conformándose un marco jurídico internacional basado en Declaraciones, Normas y Convenciones que obligaron a los países miembros de la ONU como lo es México, a fortalecer y/o crear la leyes necesarias para dar cumplimiento y atención al ejercicio y respeto de los derechos humanos que de la Cultura emanan y se relacionan.
En este orden de ideas, en los últimos años en México se ha fortalecido el marco jurídico cultural como lo he destacado en diversos artículos, pero poco propositivos han sido los Planes Nacionales de Desarrollo, que además de reducir el presupuesto para su atención, cada ejercicio de gobierno atiende a la cultura desde las instituciones y no desde los pueblos, que son dueños del patrimonio cultural de México y Chiapas; dándose prioridad a los concursos, reconocimientos, publicaciones, promoción de expresiones artísticas, distinciones a agentes culturales; dejando de atender la protección, sostenimiento y salvaguardia de los patrimonios culturales que constituye hoy el ente jurídico que protege la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, de enero de 2022.
En política pública la Cultura representa -más bien DEBE representar- un eje transversal además de política pública especifica, por estar vinculada de forma inherente con la educación, medio ambiente, seguridad y orden social; tierra, territorio, desarrollo humano, social y económico, y con objetivos de desarrollo sostenible de la ONU.
Su atención debe estar basada -además de los servicios culturales que el Estado Mexicano se ha obligado a otorgar y proteger- a promover y facilitar la intervención social de los pueblos y comunidades indígenas, pueblos históricos y culturales, y pueblos afromexicanos para la IDENTIFICACIÓN y DECLARATORIA COMUNITARIA del PATRIMONIO CULTURAL DE CADA PUEBLO Y COMUNIDAD, que permitirá fundar el derecho de propiedad de expresiones culturales, ante el plagio y comercio cultural y artesanal rapaz, empezando con dar respuesta y atención a los pueblos de las artesanas indígenas que han sido afectadas, protegidas con la recomendación 35/2019 de la CNDH, sin respuesta de atención al día de hoy.

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