La crónica hablará por Chiapas

Tuxtla capital

Marco A. Orozco Zuarth [email protected]

Primera entrega

Fue el 11 de agosto de 1892, cuando se promulgó el Decreto No. 18 mediante el cual se declaró a la ciudad de Tuxtla Gutiérrez como sede de los poderes del estado, siendo gobernador el Lic. Emilio Rabasa.
Poco más de dos meses antes, el Congreso del Estado había autorizado ese traslado mediante Decreto No. 17 del 1º de junio del mismo año, en el que “Se autoriza al Ejecutivo para trasladarse temporalmente a la ciudad de Tuxtla Gutiérrez ( ).
El 11 de agosto de 1892 fue la fecha en que definitivamente los poderes se establecieron en esta ciudad. No obstante, ya en otras ocasiones se habían hecho traslados. El 25 de diciembre de 1833, Joaquín Miguel Gutiérrez realizó el primer traslado; pero el 25 de mayo de 1835, siendo gobernador José María Coello, lo restituyó a San Cristóbal. El 4 de enero de 1858, Ángel Albino Corzo ordenó el segundo traslado; sin embargo, el 18 de enero de 1861 se derogó el decreto anterior y los poderes regresaron a San Cristóbal. El 1 de febrero de 1864, siendo gobernador José Gabriel Esquinca, ordenó que los poderes se trasladaran nuevamente a Tuxtla. El 31 de diciembre de 1867, José Pantaleón Domínguez ordenó que los poderes se establecieran en Chiapa y el 26 de octubre de 1872, regresan a San Cristóbal ( ).
Todos estos hechos obedecieron a decisiones políticas, siendo la causa la pugna entre liberales y conservadores. Los liberales querían que los poderes estuvieran en Tuxtla y los conservadores en San Cristóbal, de tal manera que cuando llegaba una u otra fracción al poder, se realizaban estos traslados.
Algunos historiadores y escritores argumentan que la decisión fue por las vías de comunicación, pues Tuxtla estaba más cerca de la Ciudad de México. Otros dicen que fue una decisión de la entonces poderosa dama llamada doña Juana Cata, que tenía mucha influencia en Porfirio Díaz. Otros más argumentan que fue por un desaire que le hiciera la sociedad alteña al gobernador Rabasa. Puede ser posible que estas razones hayan confluido e influido, pero la decisión fue política, planeada y con la aprobación del congreso…
Referencias:

  1. Castro Aguilar, José Luis. Decretos históricos municipales, Archivo General del Estado.
  2. Orozco Zuarth, Marco A. Chiapas. Espacio y tiempo, ediciones Larousse, México, D.F., 2010.
    Continuará.
Compartir:

¡Consulta las noticias desde tu WhatsApp !

Sigue nuestro canal de WhatsApp

Última hora

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *