Roger Heli Díaz Guillén
Chiapa de Corzo, Chiapas
SIN Autodeterminación e Inclusión Social
Continuando con la “tradición” Legislativa, el Gobierno de Chiapas propuso en octubre de 2021 “iniciativa de Nueva Ley de Turismo”, aprobada en diciembre de este mismo año, estableciendo las bases para la implementación de una política turística basado en criterios de Beneficio Social, Sustentabilidad y desarrollo equilibrado de los Municipios; desatendiendo el Derecho a la Libre Autodeterminación territorial, biocultural, organizativa-administrativa para el desarrollo equilibrado de los pueblos y comunidades indígenas, dueños originarios del patrimonio territorial y cultural, que la Ley aprobada la asume como Patrimonios Exclusivos del Estado; destacando el objetivo de Impulsar y promover el aprovechamiento turístico del Patrimonio Natural, Cultural y Arqueológico del Estado de Chiapas.
La Ley de turismo es Excluyente de Derechos Colectivos en materia de turismo vinculados a territorios, recursos naturales, patrimonios culturales y Autodeterminación de los Pueblos Históricos, Mágicos, Culturales y Comunidades Indígenas; asumiéndose el Poder Ejecutivo la facultad de determinar los procedimientos y mecanismos para la creación, conservación, mejoramiento, protección, promoción y aprovechamiento de los recursos y atractivos del Estado de Chiapas y sus municipios; entendiéndose, entre otros elementos, los territorios, patrimonios, recursos naturales y Expresiones Culturales Tradicionales de los Pueblos y Comunidades; que sin lugar a dudas constituyen el mayor atractivo del turismo Nacional e Internacional.
En esta perspectiva monopólica de la participación, derechos y responsabilidades en la actividad turística en Chiapas, donde el desarrollo de los espacios y sostenibilidad los determina el Estado, negando la organización y administración cultural turística de los pueblos que no ponga en riesgo su identidad y su patrimonio; imponiendo una Cédula de Identificación Estatal de Turismo (CIET) como mecanismo de certeza, seguridad y calidad a los turistas, que si bien resulta importante analizar sus alcances y limitaciones, resulta más aun considerar en la Nueva Ley de Turismo, la regulación y otorgamiento de Cédula de Certificación Patrimonial Cultural y Territorial Turística a los pueblos Históricos, Mágicos, Culturales y Comunidades Indígenas, dueños originarios de los patrimonios Geo Espaciales y Bioculturales del Patrimonio Turístico de Chiapas.
Considerar lo anterior fomentará el desarrollo integral de los pueblos y comunidades, que su vida económica está vinculada al turismo, basado en el respeto y prevención de daño moral y patrimonial. El Derecho Turístico, en parte, es un componente del Derecho Cultural en la actividad comercial de Bienes y servicios, por ello su naturaleza es incluyente y de bienestar social con pleno respeto a la Multiculturalidad y Autodeterminación como derechos colectivos; e incluyente de los intereses del sector comercial (CANACO), con perspectiva de inversión para abrir espacios turísticos en patrimonios culturales olvidados de los pueblos de Chiapas.










