Roger Heli Díaz Guillén
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
Los Lacandones ubican al Poder Judicial de la Federación como uno de cuatro frentes de la lucha que viven por sus derechos humanos -porque el primer frente es la división interna de tzeltales y choles por un lado y el Pueblo Lacandón por el otro- cuyo tema de división se centra en la Representación de la Comunidad Zona Lacandona y en la administración y disposición del territorio comunal.
El segundo frente es el Sector Agrario Federal, que ha tomado la decisión de realizar mediciones topográficas y definición de colindancia de la comunidad, sin atender el orden comunal y convivencia entre pueblos indígenas.
El tercer frente resultan ser opinólogos, defensores de derechos humanos, derechos indígenas que difunden en medios y redes sociales verdades a medias del verdadero conflicto -o por lo menos el presente- de la comunidad; que asumen posiciones parciales en defensa de dos pueblos hablando como comunidad, cuanto esta se conforma de tres pueblos indígenas: Tzeltales, Choles y Lacandones, planteando proyecto comunitario de vida en una comunidad fracturada socialmente.
Este frente inicia con la demanda de Amparo indirecto número 488/2021, radicada en junio de 2021 en el Juzgado Sexto de Distrito en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, del que derivó prevenciones injustas e infundadas, admisión de la demanda, Recurso de Queja contra auto que niega suspensión de los actos demandados y controvertidos y; acuerdos que en este juicio se han tomado.
El 16 de julio de 2021 presentaron escrito al Juzgado citado, invocando observar su problemática como un caso de inobservancia y violación continuada de derechos de un pueblo indígena, que pide la protección de la justicia relacionada con la tierra, territorio, norma comunal, autodeterminación, biodiversidad, patrimonio biocultural, usos y costumbres y autonomía.
Planteando que la actitud de la SEDATU, en la solicitud de prórroga para presentar informe al juzgado, bajo la certeza de que está realizando trabajos que se demandan su suspensión, deja evidente la intención de ganar “tiempos legales” para concluir sus trabajos en campo, evitando una “posible suspensión” que indudablemente les ocasionaría un conflicto social y político en la región Selva del Estado de Chiapas, específicamente con los pueblos Palestina (tzeltales) y Frontera Corozal (choles).










