Roger Heli Díaz Guillén
Chiapa de Corzo, Chiapas
Desde la Cumbre de la tierra de 1992 en Rio de Janeiro, Brasil, el medio ambiente ha sido tema sustantivo en la política internacional bajo la rectoría de la Naciones Unidas (ONU), cuando México informó al mundo el fin del reparto agrario para proteger las selvas y bosques, así como decretos de creación de áreas naturales protegidas y promulgación de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, derivando mucho trabajo en la materia y creación de organismos públicos, estableciéndose un proceso de creación de diversas áreas naturales protegidas, donde el gobierno de Andrés Manuel López Obrador es el que más áreas naturales ha decretado en la historia de México.
En esta importancia que representa el medio ambiente y la naturaleza, se destacan dos fechas célebres mundiales, como es el 18 de octubre: Día de la Protección de la Naturaleza y el 24 de octubre: Día del Cambio Climático, de lo muy poco o nada se destacó en eventos y publicaciones este 2024, que es un reflejo de la no optimización de estas efemérides públicas, para trabajar en el imaginario colectivo que abone a la grandeza y valorización del medio ambiente y la naturaleza, que son plataforma de nuestros derechos humanos; buscando reencontrar al ser humano con el valor de la existencia de la naturaleza.
En esta idea trabaja la ONU, celebrando desde el año de 1995 la Conferencia Internacional sobre la Biodiversidad, siendo la decimosexta conferencia la que se celebró este 2024 en Cali, Colombia, del 21 de octubre al primero de noviembre del 2024 denominada COP 16, donde se destaca un enfoque de la biodiversidad centrado en la comunidad, planteando hacer las paces con la naturaleza; por ello denominaron como eslogan para esta conferencia: “Paz con la naturaleza”, siendo un tema sustantivo y pronunciamiento el cómo acabar con las economías extractivas y economías circulares, que impactan negativamente a los modelos económicos agrícolas lineales comunitarios.
Para Chiapas, el tema es un reto de orden ético, político y social; de derechos humanos, derechos colectivos, orden normativo y corresponsabilidad con la naturaleza a partir de los territorios de pueblos, ejidos, comunidades y sus derechos originarios, constitucionales, legales y resoluciones presidenciales que les reconoció derechos sobre tierras, bosques y aguas; que fueron limitados mediante reforma al artículo 27 constitucional relegándolos a concesionarios, que es un tema a revalorar bajo la responsabilidad de las implicaciones del territorio y tenencia de la tierra.
En México, a partir de septiembre del 2024, el medio ambiente y recursos naturales como el agua, bosques y selvas que formen parte de territorios de pueblos indígenas, corresponden su administración y sostenimiento a estos por libre determinación, autonomía y existencia jurídica como sujeto de derecho público; por lo que el trabajo gubernamental sobre el medio ambiente deberá basarse en esta base jurídica, que media la relación gobierno-pueblos indígenas, promoviendo el fortalecimiento de los marcos normativos comunitarios de los pueblos indígenas que regulen el territorio y sus componentes natural y cultural; así como el marco de leyes secundarias derivadas de la reforma indígena de septiembre del 2024, que atiendan la libre determinación y autonomía de vida de los pueblos indígenas, basados en el respeto a la propiedad social de la tierra y sus derechos originarios sobre su patrimonio natural y cultural.
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