Congreso del Estado propone endurecer penas por hostigamiento y presión psicológica, incluido el digital

Cinthia Ruiz / Diario de Chiapas

La iniciativa, presentada por la diputada Andrea Negrón, propone adicionar el Capítulo VI “Acecho” al Título Sexto “Delitos contra la paz y la seguridad de las personas”, mediante la creación del Artículo 232 Bis, que establece sanciones de seis meses a dos años de prisión y multas de hasta 500 días de salario mínimo para quienes acechen, asedien o acosen a una persona generándole temor, angustia o limitando su libertad.

A diferencia del acoso sexual. Este nuevo tipo penal sanciona la intrusión constante, la vigilancia ilegal, la presión persistente o cualquier conducta verbal, física o psicológica que coloque a la víctima en un estado de alarma.

¿Qué se considerará  acecho?

Acecho: seguimiento o vigilancia ilegal hacia una persona.

Asedio: presión u hostigamiento constante, presencial o a distancia.

Acoso: comportamientos agraviantes, ya sean verbales, físicos o psicológicos.

El delito que podrá cometerse por cualquier medio, incluidos mensajes electrónicos, llamadas, redes sociales o mecanismos de rastreo, lo que busca responder a la creciente incidencia de hostigamiento digital en el estado.

Penas más severas en casos agravados

El proyecto plantea duplicar las penas cuando el agresor:

Cause daños a su integridad física, psicológica o a su patrimonio.

Afecte a familiares o personas con vínculos afectivos con la víctima.

Utilice armas o irrumpa en espacios privados sin autorización.

Se aproveche de su jerarquía laboral o de un cargo público.

En este último caso, además de la pena, la persona agresora podrá ser destituida e inhabilitada para ejercer funciones públicas.

Con esta propuesta, la entidad se alinea a estados como Nuevo León y Estado de México, que ya contemplan el acecho en sus códigos penales. En Chiapas, hasta hoy, estas conductas quedaban en una zona gris jurídica, pese al aumento de casos de vigilancia, hostigamiento presencial y acoso digital.

La reforma establece que el delito se perseguirá por querella, salvo cuando la víctima sea menor de edad, se encuentre en condición de vulnerabilidad o el agresor sea un servidor público.

De aprobarse, el Congreso enviaría un mensaje contundente: en Chiapas, la vigilancia indebida, la presión y el hostigamiento no serán considerados conductas “menores”, sino atentados directos contra la libertad personal y la seguridad psicológica de las víctimas.

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