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Fuerza excesiva contra migrantes: CNDH

Personal de seguridad usó toletes, bastones eléctricos y agresiones verbales, además de que sacó a las 22 personas a un patio donde las tuvieron acostadas durante cuatro horas bajo la intensa lluvia.

Marco Alvarado/ Diario de Chiapas
Los elementos del Servicio de Protección Federal (SPF) que sometieron a migrantes de origen haitiano en la Estación Migratoria de Tapachula, en junio pasado, sí actuaron con uso excesivo de la fuerza y cometieron violaciones a la seguridad jurídica, a la integridad personal y al trato digno en agravio de 22 personas, determinó la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
Sobre este caso, que motivó una recomendación al Instituto Nacional de Migración (INM) y a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), la CNDH señaló los agravios por parte del personal de seguridad, que usó toletes, bastones eléctricos y agresiones verbales, además de que sacó a las 22 personas a un patio donde las tuvieron acostadas durante cuatro horas bajo la intensa lluvia, hechos que ocurrieron el 15 de junio.
Además, elementos de la Guardia Nacional (GN) emplearon gases lacrimógenos, con una fuerza excesiva para la situación que se presentaba.
Pese a que la CNDH elaboró 11 actas circunstanciadas y solicitó en reiteradas ocasiones, incluso de manera personal, informes adicionales, no obtuvo respuesta por parte del personal asignado en Chiapas.
Sobre este caso, y derivado del análisis lógico-jurídico de las evidencias recabadas, la CNDH pudo constatar que al menos cinco personas servidoras públicas de la SSPC y del INM incurrieron en violaciones a los derechos humanos de las personas en contexto de migración, ya que personal con jerarquía y mando no supo controlar la situación y permitió el uso excesivo de la fuerza.
Se comprobó, también, que tres autoridades de Migración, responsables de otorgarles seguridad a las personas trashumantes en el recinto migratorio y darles un trato digno, vulneraron el derecho a la seguridad jurídica y personal de los agraviados, mientras que dos personas servidoras públicas de la GN y del SPF en su calidad de ordenadoras permitió el uso excesivo de la fuerza y transgredieron el derecho a la integridad personal.
Ante estos señalamientos, las 22 personas de origen haitiano deberán ser inscritas en el Registro Nacional y proceder a la inmediata reparación del daño causado, que incluya el acceso a atención médica y psicológica a las víctimas.
Asimismo, las autoridades señaladas deberán diseñar y aplicar un protocolo de actuación que considere los principios de absoluta necesidad, legalidad, prevención, proporcionalidad y vigilancia que rigen el uso de la fuerza, así como los manuales de técnicas para ese uso de la fuerza.

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