Marco Alvarado/Diario de Chiapas
Ante la aprobación del reconocimiento legal del matrimonio igualitario en el país, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) informó que garantizará que las parejas del mismo sexo en una relación de concubinato, tengan acceso al Seguro de Enfermedades y Maternidad, y a la Pensión por Viudez.
En diciembre de 2009, se reformaron diversas disposiciones del Código Civil para el En aras de salvaguardar la inclusión y no discriminación en favor de todas las personas derechohabientes, el IMSS facilitarán el acceso a las referidas prestaciones de una manera más eficiente, tanto administrativa como tecnológicamente.
Para acceder al Seguro de Enfermedades y Maternidad, los interesados deben presentarse en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) con las actas de nacimiento de los hijos en común, siempre que permanezcan libre de matrimonio y, a falta de éstas, acudir el asegurado o pensionado a la Unidad, junto con su pareja, a efecto de manifestar, bajo protesta de decir verdad, que han permanecido en una relación de concubinato durante los cinco años anteriores a la fecha de la solicitud de registro, además de permanecer libres de matrimonio durante ese periodo, así como exhibir la documentación que se señala en el Catálogo Nacional de Trámites y Servicios del Estado “Documentación CONAMER, IMSS-02-066”, como lo son: identificación oficial, Número de Seguridad Social, Clave Única de Registro de Población, fotografía tamaño infantil y comprobante de domicilio.










