Marco Alvarado / Diario de Chiapas
Para los asegurados al Instituto Mexicano del Seguro Social, la incapacidad temporal de trabajo, es una protección que amortigua el impacto económico que se genera cuando el trabajador no puede desempeñar sus actividades.
No obstante, este documento solo puede ser elaborado por el médico tratante, quien es el único autorizado para expedir un certificado y determinar el tiempo probable de días para la recuperación.
Según el Artículo 137 del Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS, esta protección aplica por la pérdida de facultades o aptitudes físicas o mentales que imposibilitan parcial o totalmente al asegurado para desempeñar su actividad laboral habitual por algún tiempo.
La incapacidad temporal de trabajo se prescribe cuando el asegurado sufre un riesgo de trabajo, como accidente o enfermedad, padezca una enfermedad general o sufra un accidente no profesional que le impida de manera temporal el desempeño de sus actividades.
Por ejemplo, durante el año 2020 se reconoció de manera ágil y en un corto plazo la incapacidad temporal como enfermedad de trabajo, con 100 mil 316 incapacidades por COVID para los trabajadores de este instituto; además, el Bono Covid benefició a unos 167 mil trabajadores.










