Restricciones a transportistas

Los vehículos referidos anteriormente deberán suspender totalmente su tránsito los días 11, 12, 13, 17, 18, 19, 20, 26 y 27 de abril de 2025.

Tania Selvas Ruiz / Diario de Chiapas
En vísperas del inicio de las vacaciones de Semana Santa, ubicadas como las de mayor flujo vehicular en las diversas carreteras de México, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) anunció la aplicación de un programa de regulación para el sistema de autotransporte federal y transporte de carga especializada de objetos indivisibles de gran peso y volumen, así como para grúas industriales; quienes deberán de transitar en un horario especial durante las vacaciones.
Esta disposición estará en vigor de las 00:00 horas del 11 de abril de 2025 hasta las 23:59 horas del 27 de abril de 2025.
Para las grúas industriales y los equipos para el transporte de maquinaria u objetos indivisibles de gran peso y/o volumen que cuenten con el permiso especial de la SICT, podrán transitar en el período vacacional comprendido de la siguiente manera: los días 14, 15, 16, 21, 22, 23, 24 y 25 de abril de 2025, cuando circulen por caminos tipo ET4 (carreteras de cuatro carriles en las que pueden circular cualquier tipo de vehículo por sus prestaciones físicas y características geométricas que permiten un desplazamiento seguro de todos los vehículos), A4 y B4 (ambas de cuatro carriles con características similares a la ET4), lo harán de las 00:00 horas a las 23:59 horas.
Cuando circulen por caminos ET2, A2, B2, C o D (carreteras de dos carriles que cuentan con algunas restricciones o incluso prohibiciones en cuanto al largo del vehículo con luz diurna), será en horario de 6:00 a 18:30 horas y en horario nocturno de 00:00 a 6:00 horas, de 18:30 a 23:59 horas.
Las restricciones señaladas no les serán aplicables a aquellos usuarios y permisionarios del servicio de autotransporte federal y transporte privado de carga especializada, relacionados con proyectos u obras a cargo del Gobierno de México.

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