M d R / Diario de Chiapas
En sesión pública realizada este 29 de enero de 2025, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH) resolvió cinco medios de impugnación.
Respecto al Juicio Ciudadano TEECH/JDC/230/2024, el Pleno de este órgano colegiado revocó la resolución dictada en el Procedimiento Especial Sancionador IEPC/PE/033/2024 que determinó administrativamente responsable al promovente por colocación de propaganda electoral en lugares prohibidos por la normativa electoral.
Lo anterior dado que, el realizar el estudio correspondiente no se evidenció de la propaganda electoral analizada la existencia de un llamado explícito o inequívoco al voto ya sea a favor o en contra de una candidatura o partido político.
Respecto de los expedientes TEECH/JDC/232/2024 y TEECH/RAP/138/2024, acumulados, promovidos por un ex candidato y el partido político Morena a través de su representante, en contra de la resolución de 20 de noviembre de 2024 emitida por el Consejo General del IEPC en el Procedimiento Especial Sancionador IEPC/PE/035/2024, en la que los accionantes fueron sancionados por colocación de propaganda electoral en lugares prohibido y culpa invigilando, respectivamente.
En el caso el Pleno del TEECH resolvió sobreseer los medios de impugnación considerando que el pasado 23 de enero de 2025 las magistraturas emitieron un acuerdo que declaró parcialmente cumplida la resolución impugnada y por ende revocó dicha resolución. Por lo que los medios de defensa quedaron sin materia por un cambio de situación jurídica, lo que aconteció con la emisión del acuerdo plenario en cita.
Por otro lado, en el Asunto General TEECH/AG/004/2025 este órgano jurisdiccional declaró desechar el medio de impugnación, promovido por un ex regidor del Ayuntamiento de Tapilula, que solicitó ser reinstalado y el pago de salarios caídos y otros beneficios del periodo julio a agosto de 2024. En consecuencia, se resolvió que la falta de pago, no está relacionada con el impedimento a quienes demandan a acceder y/o desempeñar el cargo de elección popular para el cual fueron electos, dado que el periodo para ello concluyó; por lo que se determinó dejar a salvo los derechos del promovente.
Por otro lado, en el juicio ciudadano TEECH/JDC/221/2024 promovido por la presunta omisión del Congreso del Estado de Chiapas, de continuar con el trámite, discusión y aprobación de la iniciativa popular presentada por el Colectivo “Maltrato Animal al Código Penal”, el Pleno del TEECH resolvió sobreseer este medio de impugnación, por haber quedado sin materia, ello en virtud de que el 18 de diciembre de 2024 se emitió la Ley de Desarrollo Constitucional del Congreso del Estado, la cual en su artículo 169, establece que las iniciativas y propuestas no dictaminadas al término de una Legislatura se desecharán.
Por tanto, al haber concluido en septiembre pasado el periodo de la LXVIII Legislatura que dio inicio al trámite de la iniciativa en comento, resulta aplicable la Ley de Desarrollo Constitucional que dejó sin materia de análisis el presente medio de impugnación.










