Por la Conciencia
Dr. Roger Heli Díaz Guillén
Prioridad de atención por la vida y los derechos humanos
Hablar de las áreas naturales protegidas es referirnos a espacios biodiversos donde se expresa y sostiene el derecho humano a un medio ambiente sano y sostenible, cuyos contenidos biodiversos despiertan el humanismo, la conciencia ciudadana y la conciencia política. Estas áreas son espacios que transitaron la discusión ambiental de proteger las áreas naturales protegidas apartándolas de poblaciones campesinas e indígenas para su sostenibilidad; para definir y convenir en la importancia de trabajar con las poblaciones que viven y se desarrollan dentro de las áreas naturales protegidas, marcando este proceso en la vida internacional la cumbre de la tierra celebrada en Brasil en 1992, en un marco de interés por el medio ambiente y la vida armónica de la humanidad con la naturaleza; donde México anunció el fin del reparto de tierras para proteger bosques y selvas y su nueva ley agraria hoy vigente.
En días pasados se celebró el COP 16 en Colombia donde México participó en dicha cumbre mundial por el medio ambiente con la representación de SEMARNAT y CONABIO, asumiéndose compromisos internacionales de protección a la biodiversidad y disminuir las emisiones de gases efecto invernadero; en un marco de ser el gobierno de la transformación que decretó en seis años de gobierno 50 áreas naturales protegidas y publicación de cuatro programas de manejo de igual número de áreas naturales protegidas y; el exitoso programa Sembrando Vida.
Un tema sustantivo en la protección a la biodiversidad además de la importancia de sostener la parte estructural de la administración pública de SEMARNAT (Administrativo, operativo, normativo) con CONAFOR (Sostenibilidad de Bosques y Selvas, así como reforestación), CONANP (responsable directo de la administración y sostenibilidad de las áreas naturales protegidas federales) y CONABIO ( Investigación científica, Ciencia, apoyo a la educación y, difusión de conocimientos); para atender las 232 áreas naturales protegidas federales que presentan rezago histórico por falta de programas de manejo y actualización de los mismos.
Los programas de manejo de las áreas naturales protegidas son instrumentos normativos y regulatorios para su administración, organización, aprovechamiento y sostenibilidad ordenados por la ley de la materia, sobre lo que existe recomendación de la CNDH 26/2016 que destaca su importancia, observándose la publicación de 15 programas de manejo en los últimos 6 años que se sumaron a los 116 que existían antes del 2018; con lo que hoy la CONANP registra a 131 áreas naturales con programas de manejo publicado en el diario oficial de la federación de un total de 232.
Esta realidad representa rezago de atención del 43.54% de las áreas naturales protegidas que equivale a 101 áreas naturales sin programa de manejo desde su creación, como el caso de los parques nacionales “Palenque” y “Cañón del Sumidero” en Chiapas que datan de más de cuatro décadas sin programa de manejo. Esta realidad se explica al observar que los programas nacionales de áreas naturales protegidas y sectorial del medio ambiente y recursos naturales 2020-2024, en sus contenidos de objetivos y acciones nada comprometieron con la elaboración y actualización de programas de manejo, aun existiendo recomendación de la CNDH citada que exhorta a trabajar en ellos por el derecho humano a un medio ambiente y protección a la biodiversidad.
Aunado a la falta de programas de manejo se observa un rezago en los procesos de actualización de los programas de manejo existentes, de los que únicamente 8 tienen menos de cinco años que fueron elaborados, destacando que el reglamento de la ley de equilibrio ecológico relacionado a áreas naturales obliga a la SEMARNAT Y CONANP promover su actualización cada cinco años, realizando las consultas públicas y previas e informadas para tales efectos. Teniéndose como resumen a 131 áreas naturales con programas de manejo publicados en el Diario Oficial de la Federación; de los que en 123 se hace necesario evaluar y consultar la actualización de los mismos con las poblaciones involucradas, en cumplimiento a lo ordenado por el reglamento antes citado.
El marco de referencia expuesto pone a los núcleos agrarios, pueblos y comunidades indígenas en un papel fundamental en la conservación y sostenibilidad de la biodiversidad para plantearnos un programa nacional agrario e indígena, ambiental y cultura, que atienda a 224 áreas naturales en elaboración y actualización de programas de manejo vinculando y armonizando los sistemas normativos comunitarios de los núcleos agrarios, comunidades y pueblos indígenas con el marco normativo de las áreas naturales protegidas.
Hoy resulta prioritario y oportuno atender este objetivo en el marco en que el COP 16 en este mes de noviembre del 2024, estableció integrar como tercer órgano subsidiario en la protección de la biodiversidad y recursos naturales a los pueblos indígenas. Este reconocimiento internacional citado encuentra su fundamento en el artículo 8J del convenio sobre la diversidad biológica que entró en vigor el 29 de diciembre de 1993. Hace 31 años. En él se establece que cada país respetará, preservará y mantendrá los conocimientos, las innovaciones y las prácticas de las comunidades indígenas que entrañen estilos tradicionales de vida pertinente para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica. El conocimiento de los pueblos originarios y su aplicación en la conservación.
Con los pueblos indígenas se busca trabajar sobre la conservación de la diversidad biológica; el uso sostenible de los componentes de la diversidad biológica y; la participación justa y equitativa de los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos. En este orden, el COP busca crear un espacio permanente para que los pueblos originarios participen en la toma de decisiones globales sobre la biodiversidad. La idea es articular a los países y gobiernos con los pueblos originarios; creándose el fondo mundial para el recaudo de recursos económicos provenientes de usos de información de secuencias genéticas digitalizadas y su distribución justa y equitativa.
Es decir, las empresas destinarán parte de sus ganancias a un fondo que en parte serán destinados a pueblos indígenas de forma directa o a través de gobiernos. Cierto es que falta por definir los modelos de financiamiento, así como los mecanismos de monitoreo para medir avances en el cumplimiento de la hoja de ruta para la protección de la biodiversidad, basados en los planes de vida de los pueblos y comunidades indígenas en ejercicio de su libre determinación.










