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Chiapas-México: Violación del pacto federal y Despojo territorial por errores técnicos e intereses

Roger Heli Díaz Guillén.

EL 24 y 26 de abril del 2023 el colega Carlos en su espacio de Comentario Z en este Diario de Chiapas, abonando a la reflexión ciudadana destacó el tema de la “mutilación del territorio” y la “traición de la federación a Chiapas” con la perdida de miles de hectáreas en la zona noroeste de Cintalapa conocida como Chimalapas, derivada de la sentencia de la suprema corte de justicia de la nación por controversia constitucional de noviembre de 2021 en el expediente 121/2012, que determinó que 162 mil hectáreas de Chiapas corresponden al Estado de Oaxaca, afectando territorialmente de forma directa al municipio de Cintalapa, Tonalá y Arriaga, Chiapas; que aparentemente resolvió la lucha histórica de los pueblos indígenas de las comunidades San Miguel y Santa María Chimalapas del estado de Oaxaca con los ejidos del municipio de Cintalapa, Chiapas.

Se afirma que aparentemente resolvió el problema histórico de la tierra con la sentencia por controversia constitucional que define territorios entre dos estados de la república mexicana, cuando la existencia legal y ocupación territorial de decenas de ejidos cuyas resoluciones presidenciales de dotaciones y ampliaciones y nuevos centros de población ejidal (NCPE) no fue afectada en cuanto al sueño histórico de las comunidades de San Miguel y Santa María Chimalapas de recuperar supuestamente tierras comunales, cuya resolución nunca fue ejecutada en campo. Tanto es así, que son estas propias comunidades que se han levantado en movilizaciones desde abril del 2023 en el Congreso y otros espacios de manifestaciones; recurriendo a revivir el tema de la Mutilación territorial de Chiapas y violación del pacto con la federación del 2021 operado por la suprema corte de justicia de la nación (SCJN).

En contra de la voluntad de las comunidades citadas, en ejecución de la controversia constitucional de noviembre de 2021 en el expediente 121/2012, el 11 de abril  del 2023 el congreso del estado de Oaxaca reformó su constitución modificando sus límites establecido en el artículo 28 y dar cumplimiento a la sentencia estableciendo en artículo transitorio autorizar al gobernador del estado a suscribir convenio donde este estado reconoce que los municipios de Tonalá y Arriaga corresponden geográficamente al estado de Chiapas, en razón de reconocer que sus límites inician en el punto denominado barra de Tonalá localizado a 16 grados latitud norte; firmando ambos gobernadores dicho convenio el 18 de abril del 2023 en Juchitán Oaxaca.

Ante la presentación ante la SCJN por comunidades indígenas de Oaxaca de recurso por inconsistencias técnicas en la determinación de límites en la sentencia de la controversia que ocupa, que al parecer también se presentaron escritos de los gobiernos; el 13 de febrero de 2024  la SCJN acordó realizar análisis y aclaración de límites de dicha sentencia por inconsistencias técnicas topográficas, sustantivamente a partir de la ubicación del cerro denominado “De los Martínez” que históricamente Chiapas reconoce como punto límite y trino de los estados de Oaxaca, Veracruz y Chiapas; lo cual revive un tema que el propio gobernador había cerrado con amplia difusión del convenio que firmó en Juchitán Oaxaca el pasado el 18 de abril del 2023 y cuyos efectos agradecemos a la organización por la defensa de los Chimalapas que nos permitirá recuperar superficie de nuestro territorio histórico; siendo un tema que en su momento no se pudo ganar a nuestro favor ni se permitió defender nuestro territorio como chiapanecos; más que pronunciamientos conformistas y opuestos en medios y redes sociales.

El acuerdo de febrero de este año 2024 que tomó la SCJN revive la esperanza de no ser un tema o caso cerrado que afecta la dignidad de los Chiapanecos que voluntariamente el 14 de septiembre de 1824 como pueblos decidimos mediante un ejercicio de votación federalizar y vincular nuestro estado a la vida pública y jurídica de la república mexicana; cuyo territorio y limites quedaron establecidos en cada una de las constituciones de Chiapas y Oaxaca de 1826 y 1825 respectivamente, respetadas durante casi 200 años por ambos estados. Limites que fueron alterados a partir de la interpretación de la SCJN sobre un tema topográfico, histórico, social y ambiental, cuyas tierras están consideradas en el corredor del magno proyecto interoceánico, que en febrero de 2024 reconoció que su resolución fue imprecisa y está sujeta a su precisión y convalidación social.

La historia de la independencia de México e independencia y federalización de Chiapas del siglo XIX define que nuestro estado no pertenece a México por un acto estrictamente declarativo, sino de un acto constitutivo de derechos soberanos aprobado por el pueblo de Chiapas y el Congreso de la Unión de la nueva nación independiente llamado México en octubre de 1824, estableciendo la constitución de Chiapas en su artículo segundo que“ el territorio del Estado… es el que posee desde que forma parte de los Estados Unidos Mexicanos”, sin precisar limites como si lo define la constitución de Oaxaca; que fue respetado por casi dos siglos por la federación y estados colindantes como Oaxaca; reconociendo en su artículo primero que el 14 de febrero de 1824 es la fecha que “por voluntad del pueblo chiapaneco expresada por votación libre y directa” decidieron ser mexicanos y; la constitución de Oaxaca en su artículo 28 define que “el territorio del Estado de Oaxaca es el que posee actualmente conforme a las jurisdicciones de hecho ejercidas….y no podrá ser desmembrado, sino en términos prevenidos por la constitución federal”, precisando sus colindancias con el estado de Oaxaca.

El tema de fondo más allá de las inconsistencias técnicas topográficas de colindancias que revisará la SCJN a partir del acuerdo de febrero de 2024, destaca que en estricto sentido el estado de Oaxaca reconoció por casi dos siglos, hasta abril de 2024, sus límites con Chiapas en su artículo 28,  que precisa “partiendo del cerro Martínez…al cerro La Gineta…siguiendo al cerro Tres Cruces…al punto denominado Sin Pensar…que se localiza cerca de la estación de San Ramón…con rumbo a la pesquería o agencia de policía denominada El Cachimbo, correspondiente esta población al estado de Oaxaca…”, que históricamente fueron coincidentes con lo dispuesto en la constitución de Chiapas de 1982 del estado de Chiapas, que precisa límites de “la pesquería El Cachimbo pasando cerca de la pesquería La Gloria que corresponde al Estado de Chiapas llega a la cima del cerro La Jineta…de la “cima del cerro La Jineta con pequeña deflexión No-Oeste…continua hacia el vértice del cerro de los Martínez en donde se ubica el punto trino que sirve de limite afirmativo de Oaxaca, Veracruz y Chiapas”.

Oaxaca en abril de 2023 reformó el artículo 28 destacando sus límites con Chiapas iniciando en la Barra de Tonalá con dirección noroeste al cerro del Chilillo. De ahí con dirección noroeste al cerro de la Jineta para concluir con dirección noreste en el cerro de los Martínez. Reforma que debe ser observada por la SCJN de no iniciar sus límites desde el poblado o pesquería El Cachimbo que reconocen ambos estados, siendo la disyuntiva precisar si el cerro el Chilillo hoy retomado como punto o mojón en la constitución, es el mismo que el cerro Tres Cruces que está en la estación San Ramon del estado de Oaxaca reconocido históricamente.

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