Libre determinación de los pueblos indígenas y futuro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

Libre determinación de los pueblos indígenas y futuro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

Por la Conciencia

Dr. Roger Heli Díaz Guillén

  • Las miopías de algunos políticos

Seis meses y cuatro días han transcurrido cuando el derecho constitucional mexicano se reformó y consideró (30/sept/2024) que los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas debían caminar y pasar del interés público al derecho público, rompiendo paradigmas y practicas de uso político del tema indígena, invitando a asumir una relación intercultural con esta poblaciones; existiendo personajes que no han logrado comprender el contenido de la libre determinación y vida autonómica de pueblos y comunidades, donde la tradición política indígena en eventos comunitarios es vestir al invitado con el traje típico de la comunidad y pueblo que se trate, donde le colocan collares de flores y en casos asta coronas de flores o ramos.

Más allá de esta tradición política indígena, se observan actos de manipular los contenidos culturales o crear situaciones que aparentan usos y costumbres es inmoral y atenta los principios de la libre determinación dispuesto en el articulo segundo Constitucional en sus apartados A, B, C y D y derecho convencional, destacando en últimos días en las redes sociales dos videos que ilustran lo antes expuesto que corresponden a un presidente municipal del municipio indígena Oxchuc, Cesar Gómez López y el segundo video, corresponde al candidato a Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arístides Rodrigo Guerrero García, en el pueblo de Tenejapa; quienes asumen conductas reprobables que se destacan como material didáctico en formación política, de los actos y omisiones contrarias a derecho y orden político y democrático; aclarando que no es un tema personal con estos personajes que por primera vez en esta columna de opinión, sabemos de su existencia.

La conducta observada en el primero citado es el hecho de haber sido trasladado, parecido a como trasladaban en siglos pasados a los adinerados de San Cristóbal de las Casas, cargados en sillas de madera colocados en la espalda de indígenas Chamulas; siendo el caso que ocupa, el haber sido paseados el presidente y el tesorero municipal en una silla para cada uno, colocada arriba de una base de empalizado (troncos de madera tejidos) que fue cargado por hombres en el hombro, llevándolos en un camino de dos kilómetros que este personaje municipal autorizaría construir como carretera; denunciando pobladores que ese acto fue una condición que puso el presidente municipal para autorizar la obra, lo cual es reprobable y observable  por la sociedad y por el congreso del Estado.

En el caso del video de Arístides Rodrigo Guerrero García, el tema deriva de una actividad de campaña para ocupar uno de los nueve posiciones de ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, donde no acudió al pueblo de Tenejapa a un evento comunitario, sino acudió en movimiento de campaña con contactos en la comunidad como fue la presidencia municipal; solicitando un recorrido por las calles con la autoridades municipales para grabar video promocional, donde el aparece al frente con una mujer de tes y cabello blanco no indígena, donde ambos visten los trajes típicos de esta comunidad indígena, mandando el citado candidato un mensaje a la población en el sentido de apoyar a que los pueblos indígenas sean trabajadores del poder judicial federal, planteando un porcentaje.

La crítica a este personaje es la manipulación, usos y fines de utilizar a los pueblos indígenas como escenario político, asumiéndose como salvador con propuestas de trabajo a los indígenas en el poder judicial federal; llamando la atención que su formación profesional en materia de derecho y justicia es basta y sustantiva, aunque no es directamente proporcional con su conducta, actitud y perspectiva que tiene de los derechos indígenas, siendo importante analizar la propuesta sustantiva que propone en campaña como es el uso de la de la inteligencia artificial en la función jurisdiccional para modernizar e instrumentar un sistema de sentencias automáticas digitales y, propone una Suprema Corte de Justicia de la Nación itinerante con sesiones públicas en universidades, plazas y comunidades.

La inteligencia artificial es propuesta como un “ecosistema digital para la impartición de justicia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para agilizar la redacción de sentencias y garantizar coherencia en los criterios judiciales. es decir, la digitalización de procedimientos”; lo cual rompe con los planteamientos de otros candidatos honorables y serios para ser Ministros como el Dr. Luis Rafael Hernández Palacios Mirón (50) y el Mtro. Hugo Aguilar Ortiz (34), que sostienen que las sentencias no pueden ser sumas de criterios jurídicos y jurisprudencias, sino contenidos multifactoriales y de multi especialización donde la percepción cultural de los justiciables es un factor importante que determinan conductas. Escuchar, comprender formas de pensamientos y atender a los justiciables es esencia de la acción jurisdiccional.

La inteligencia artificial como herramienta es necesaria en los sistemas administrativos, organizacionales, productivos y también en la justicia, donde se requieren de instrumentos tecnológicos digitales para organizar información diversa que reduzca márgenes de contradicciones y omisiones de criterios jurídicos al momento de estudios y razonamientos para resolver controversias; pero esta inteligencia artificial no puede sustituir la parte humanística de la justicia que exige imparcialidad, objetividad, criterios y razonamientos jurídicos, humanos y culturales.

Los criterios jurídicos emanan de nuevas realidades y hechos, donde la inteligencia artificial razona a partir de un mundo de información vinculada a indicadores y formulas, no a partir de nuevas realidades que atiende el derecho; por ello, el derecho en su interpretación para resolver controversias no debe estar sujeta a formulas y tecnicismos jurídicos, ni a sistemas informáticos de proyectos de sentencias como producir tortillas; sino a interpretaciones de realidades que se traducen en acciones y conductas que involucran derechos humanos, donde el derecho constitucional es rector y equilibrio de los diversos sistemas normativos cuyas poblaciones lo asumen y practican; debiendo imperar en la justicia el principio pro-persona.

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