Visión y perspectiva de la cultura en México

Visión y perspectiva de la cultura en México

Dr. Roger Heli Díaz Guillen.

La cultura es la expresión y contenido social, material, territorial y natural de un imaginario colectivo en un territorio y; eje del orden comunitario de la vida diaria e histórica de los pueblos, comunidades, ejidos, colonias, ciudades, estados y nación, que se manifiesta, contiene y sostiene en la identidad, ordenanza, gobernanza de los patrimonios culturales colectivos que son propiedad de pueblos y comunidades desde enero del 2022 en México en nueva legislación cultural, que en los últimos años ha cobrado interés su atención en la perspectiva del bienestar social.

En este marco sin detenernos a la definición de la cultura podemos observar un abanico de como vemos y asumimos a la cultura empezando por destacarla como expresiones individuales y colectivas comunitarias como festividades; la cultura como historia; la cultura como arte y artesanías; la cultura como bien mueble del arte; la cultura como remanente material histórico y arquitectónico; la cultura como patrimonio expresado en lo inmaterial, material y natural; la cultura como patrimonio colectivo y copropiedad de pueblos y comunidades; la cultura  como derecho humano; la cultura como derecho público de sus propietarios colectivos; además que en política pública la cultura atendida es en su faceta de servicios culturales basados en el folclor,  concursos, arte, espectáculo, difusión, turismo y ventana de recursos para el bienestar social de agentes culturales como población vulnerable; destacando Chiapas que es uno de los dos estados de la republica que operan con un consejo de la cultura y no con una secretaria como lo atiende la federación y demás entidades del país, que demuestra la importancia que se le ha dado de la cultura como componente patrimonial cultural de pueblos y comunidades y; contenido geopolítico y turístico de Chiapas, que con el nuevo gobierno se vislumbra un cambio de paradigma.

La cultura como derecho general, derecho humano y política pública en México se ha atendido de forma tardía si tomamos como parámetro el articulo 27 de la declaración universal de los derechos humanos del diez de diciembre de 1948 que tuvieron que transcurrir 61 años para considerar a la cultura en los derechos humanos cuando se adicionó párrafo al artículo cuarto constitucional que “toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales. El Estado promoverá los medios para la difusión y desarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y expresiones con pleno respeto a la libertad creativa…”, dejando transcurrir 8 años más para que esta disposición tuviera ejercicio como derecho humano promulgando la primera ley general de cultura y derechos culturales que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de junio de 2017, con la que han transcurrido siete años de libre acceso a la cultura que encuentra limitación al disponerse en el 2022 mediante la ley para la protección del patrimonio cultural que las expresiones culturales se ordenan en inventarios patrimoniales que son reconocidos como propiedad colectiva de los pueblos y comunidades indígenas y afro mexicanas que así lo asuman y lo declaren.

La realidad expuesta pone en la mesa del interés público y de gobierno atender a la cultura de forma objetiva, integral, incluyente y sostenible, definiendo una ruta que considere ordenar, reformar y adminicular los derechos en la constitución y leyes reglamentarias relacionadas con la cultura a partir de considerar TRES connotaciones de atención; la responsabilidad y servicios públicos culturales del estado; la cultura como derecho general ciudadano, expresión y derecho patrimonial colectivo y; la cultura como derecho patrimonial y propiedad de pueblos y comunidades; que justifica que en la constitución mexicana y en Chiapas se considere el reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas y afro mexicanas como sujetos de derecho público, ya que los patrimonios culturales de estos son asumidos en su libre determinación, costumbres jurídicas y/o derecho consuetudinario en espacios territoriales determinados e identificados como propiedad social.

La cultura debe atenderse en el terreno social, humanístico, saberes, identidad, lenguas, cosmovisiones, expresiones, ordenanza y gobernanza comunitaria, en una base jurídica y normativa que le de orden y expresión en la vida diaria para ser objetiva, impulsada por los órdenes de gobierno como facilitadores; despojándola de contenidos ideológicos que la alteran y desvirtúan; encontrando en la política pública una ventana para su identificación patrimonial, ordenanza, desarrollo y sostenibilidad con intervención social comunitaria, que invita a que más allá de incrementar y eficientar los apoyos sociales a agentes culturales que es loable; se considere y trabaje en el orden jurídico de los sujetos colectivos de derecho cultural.

En esta idea el trabajo de intervención social comunitaria resulta necesario para la identificación patrimonial cultural, su ordenanza y gobernanza, de donde emergerá la realidad que los pueblos y comunidades que luchan por su reconocimiento como sujetos de derecho son ágrafos respeto a la costumbre jurídica y/o derecho consuetudinario que en el derecho nacional se asume como “usos y costumbres”; que en el sostenimiento de las expresiones culturales deberán construir en letras y documentos de forma inclusiva su normas comunitarias por ser fuente del derecho nacional y herramienta en la justicia para la interpretación de los usos y costumbres ante el crecimiento poblacional y herencia generacional, que sustentan la identidad y pertenencia de los patrimonios culturales.

La cultura es eje transversal de la política pública y por tanto debe atenderse su orden jurídico para transitar al orden social comunitario convergente con el orden nacional e internacional, que debe partir del orden social comunitario fortaleciendo sus instrumentos normativos (reglamentos, estatutos, códigos) que es base y fortaleza de la ordenanza y gobernanza que sustentan la continuidad y sostenimiento de expresiones culturales y patrimonios culturales colectivos que desde el año 2022 son propiedad de pueblos y comunidades indígenas y afro mexicanas diseminados en más de la mitad del territorio nacional.

La cultura es inmaterial, material, natural que se mantiene viva, dinámica y se ordena, comparte, respeta y sostiene en corresponsabilidad gobierno-sociedad civil-pueblos-comunidades, ejidos indígenas, campesinos y afro mexicanos. Caminemos juntos, cada quien en la esfera de su derecho respetando, fortaleciendo y empoderando la resiliencia de los pueblos y comunidades que han demostrado históricamente su capacidad de autonomía, libre determinación y sostenibilidad del patrimonio cultural de Chiapas y México.

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