Delitos electorales se castigan

Están vinculados desde la preparación, jornada electoral y actos posteriores, dijo a Diario de Chiapas, Ernesto López Hernández, Fiscal Especializado de la FGE

Carlos Rosales/ Diario de Chiapas

En una emisión más del programa Z Digital en las plataformas mediáticas del Diario de Chiapas, conducido por Carlos Z Cadena, se tuvo como invitado especial a Ernesto López Hernández, fiscal especializado en delitos electorales en Chiapas de la FGE, quien habló principalmente de este tema.

Recalcó que uno de los delitos electorales más concurrentes es la solicitud del voto a cambio de dinero o de un regalo y es uno de los más graves ya que el voto es libre y nadie debe de estar condicionado a votar por un partido, candidato o coalición.

Indicó que la ley general en materia de delitos electorales contempla todos esos delitos que son aplicables en las 32 entidades de la República. Asimismo, se garantiza la protección de la función pública electoral que se desarrolla conforme a los principios y que la ciudadanía pueda ejercer sus derechos con libertad.

“La Fiscalía se encarga de investigar aquellos delitos que se pudieran cometer y la actividad de prevención al realizar acciones para inhibir cualquier tipo de conducta que pueda violentar los derechos de los ciudadanos”, acotó.

Señaló que realizan mesas informativas hacia los representantes de los partidos políticos donde se les da a conocer las conductas que podrían cometer los funcionarios partidistas ya que hay ciertos delitos que pueden ser sancionables de una manera directa penal con un juez a través de un juicio.

“Cuando se tipifica una conducta como delito, la imposición de las sanciones va a llegar a afectar bienes jurídicos importantes como es la libertad y los delitos son castigados con pena de prisión y con algunas multas; pero la más grave es con prisión”, apuntó.

Señaló que, en un proceso electoral, los delitos electorales están vinculados desde la preparación, jornada electoral y actos posteriores para darle cumplimiento a la Constitución del Artículo 20.

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