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Edil de ‘Coita’ discrimina a mujeres

•          Sanciona el IEPC a Javier Alejandro Maza Cruz por violencia política en razón de género

•          Les dijo a cuatro regidoras y a la síndico, que sólo llegaran a cobrar porque no tenían capacidad de ejercer su cargo

•          Ordenó a la Policía a impedir el acceso de las representantes populares a sus oficinas de Cabildo

•          En el despojo de las oficinas, cambió el rótulo que decía “Oficina de Regidores” por “Oficina del Primer Regidor”

Enrique Buenrostro  / Diario de Chiapas

Tras la denuncia de la Síndico Municipal, dos Regidoras por mayoría relativa y dos Regidoras de representación proporcional del municipio de Ocozocoautla de Espinoza en contra del presidente municipal, Javier Alejandro Maza Cruz, por violencia política en razón de género, el Consejo General del Procedimiento Especial Sancionador IEPC-P-Q-NPMC-VPRG-020-2022 determinó la responsabilidad Administrativa en contra del funcionario municipal por dichos actos de discriminación.

Según la información recabada por Diario de Chiapas, las conductas denunciadas fueron:

que el funcionario les dijo a las ciudadanas que había sido obligado en incluir mujeres en la planilla en el proceso electoral ordinario 2021 para poder cumplir los requisitos de paridad de género, además de que él era el único que mandaba en el Ayuntamiento.

Ante esto, pidió a las servidoras públicas que se retiraran del Ayuntamiento y que solamente llegaran a cobrar las quincenas porque por ser mujeres no tenían la capacidad de desempeñarse como regidoras.

Por lo que giró instrucciones a los titulares del Ayuntamiento para que no recibieran los oficios que promovieran las regidoras con la justificación de que las quejosas no significaban nada para el Ayuntamiento y que el único que manda es él.

Además, giró instrucciones a elementos de la Policía Municipal a efecto de que se le impidiese el acceso a las regidoras a las instalaciones del Ayuntamiento Municipal de Ocozocoautla.

En esta denuncia, las regidoras por el principio de mayoría relativa, mencionaron el despojo de sus oficinas sin previo aviso y cambiaron el letrero de la oficina que decía “Oficina de Regidores” por “Oficina del Primer Regidor”.

A las regidoras por el principio de representación proporcional, nunca se les otorgó un espacio para oficina, tampoco se les convocó a sesiones de cabildo, no se les invitó a eventos públicos culturales del Ayuntamiento, ni siquiera a los eventos que organiza las comisiones en las que ellas forman parte, también alegaron que hubo suspensión del pago de sus salarios.

Respecto a la Síndico Municipal, alegó que en diversas ocasiones la habían hostigado para que firmara documentos respecto a la cuenta pública y expedientes técnicos de obras sin que ella tuviera la información de los asuntos, sin embargo, ella se negó a hacerlo.

Respecto a la Cuarta Regidora, alegó que el funcionario pretendió destituirla a través de la Contraloría del Ayuntamiento Municipal sin justificación válida.

Una vez sustanciado el procedimiento en términos de ley, los hechos que se acreditaron en el mismo fueron las siguientes:

Las quejosas no tuvieron el acceso a la información relativa de la cuenta pública del Ayuntamiento, como tampoco la administración de recursos públicos.

El funcionario solicitó la destitución de la 4ª regidora propietaria con fundamentación arbitraria al Congreso del Estado con la finalidad de menoscabar su derecho político al derecho voto pasivo.

Además, el funcionario giró órdenes para no recibir documentos de las regidoras plurinominales. Las regidoras plurinominales no fueron debidamente convocadas en la sesión del 28 de marzo del 2022.

A las regidoras plurinominales nunca se les asignó un espacio para que pudieran realizar sus actividades de acuerdo a sus funciones como regidoras.

También, despojó arbitrariamente a las regidoras por mayoría relativa de su espacio de oficina sin que les asignaran un espacio provisional que no era idóneo para realizar sus funciones en la sala de juntas del presidente municipal.

El primer Regidor propietario (Varón) sí cuenta con una oficina exclusiva para él y nunca se le despojó de la suya.

Se acreditó la comisión de violencia simbólica en contra de las regidoras y síndica a través de las manifestaciones del presidente municipal que contenían mensajes discriminatorios en razón de género.

Por lo que, en el proyecto de resolución, se acredita la violencia política por razón de género en contra de las denunciantes y se registra al ciudadano por 4 años por violencia política por razón de género y por parte del denunciado deberá ofrecer una disculpa pública en favor de las víctimas y deberá difundirse en 5 medios de comunicación electrónica y también la creación de lineamiento para conocer y sancionar la violencia política por razones de género al interior del Ayuntamiento.

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