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Sancionan a Danny “por adelantado”

  •   Marroquín / Diario de Chiapas

Por posibles violaciones a la normatividad electoral, el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas, emitió medidas cautelares en contra del aspirante a candidato independiente por la alcaldía de Tuxtla Gutiérrez, Hugo Antonio Espinosa Guillén, mejor conocido como “Danny Guillén”.

En sesión extraordinaria del lunes 1° de febrero, la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias del IEPC Chiapas, inició el procedimiento especial sancionador con números de expedientes IEPC/PE/Q/DEOFICIO/004/2021 e IEPC/PE/CAMCAUTELAR/DEOFICIO/004/2021, en contra de —Espinosa Guillén— ciudadano que se encuentra registrado como aspirante a candidato independiente, al cargo de presidente municipal del Ayuntamiento de Tuxtla Gutiérrez, por realizar desplegados de publicidad en espectaculares, pinta de bardas y en las paradas del transporte público en la capital chiapaneca, bajo el supuesto de recabar apoyo ciudadano, y poder contender como candidato independiente.

A lo anterior, la consejera electoral y presidenta de la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias, María Magdalena Vila Domínguez, explicó que, de las acciones realizadas por el candidato, se desprende la intención de posicionar su nombre e imagen, con la finalidad de ganar adeptos, por lo consiguiente, se inició el procedimiento especial sancionador por posibles violaciones a la normatividad electoral que podrían ser actos anticipados de precampaña y campaña.

“El ciudadano se encuentra en la etapa de obtener firmas de la ciudadanía para poder ser registrado como candidato independiente, en consecuencia, su publicidad no puede contener frases como “Presidente Municipal”, ya que aún no son los tiempos de campañas electorales; tal y como está desplegada por diferentes puntos de la ciudad capital, mucho menos puede colocar propaganda en espectaculares, porque en Chiapas está prohibido por el Código de Elecciones y Participación Ciudadana”, expuso.

De esta forma, el IEPC indicó que dichas acciones podrían violentar los artículos 117, párrafo 1; 133, párrafo 1, fracción V, 194, párrafo 1, fracción XII; y 287, párrafo 1, fracción III; del Código de Elecciones y Participación Ciudadana; en correlación con los artículos 196, párrafo 2; y 207, párrafo 1, inciso a), del Reglamento de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral.

Tras acreditar dicha violación, el Organismo Público Local Electoral dio un plazo de 24 horas, para que Danny Guillén retire toda la publicidad desplegada en espectaculares, pintas en bardas y la colocada en paradas del servicio público en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, donde tendrá 12 horas para informar al IEPC de dicho requerimiento.

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