- Puede comenzar mucho antes de que una persona de la tercera edad sea despojada de su propiedad; puede ser por una herencia no prevista, firmas bajo presión o un movimiento del inmueble bajo sospechas
- El conflicto también puede aparecer cuando los bienes se entregan o transmiten mientras la persona todavía vive
Marco Alvarado/ Edén Gómez/ Cinthia Ruiz/ José Salazar / Fotos: Erick Bustillos / Diseño: Luis Méndez / Diario de Chiapas
El despojo patrimonial contra personas adultas mayores puede comenzar mucho antes de que una persona sea expulsada de su casa. Una herencia que no fue prevista, una propiedad transmitida en vida, una firma obtenida bajo presión o incluso un movimiento sobre un inmueble que el propietario desconoce pueden terminar en conflictos que ponen en riesgo bienes construidos durante años.
De acuerdo con el Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia, el 37 por ciento de los reportes relacionados con despojo de propiedades e inmuebles corresponde a personas de 60 años o más. A esto se suma una cifra negra que dificulta conocer la dimensión real del problema, debido al miedo, la dependencia económica de quienes los cuidan y, en algunos casos, las limitaciones físicas o cognitivas que pueden dificultar que busquen ayuda.
Entre las prácticas señaladas se encuentran ventas o cesiones de derechos realizadas mediante engaños, presión psicológica para modificar escrituras o testamentos, retención de pensiones y ahorros, así como el desalojo de viviendas o terrenos. En una parte importante de los casos, el conflicto ocurre dentro del propio entorno familiar.
Situación en
cada región
En Chiapas, los reportes también presentan diferencias según la región. En San Cristóbal de Las Casas, Comitán y Tapachula se han señalado principalmente casos relacionados con el despojo de terrenos y propiedades. Mientras que en la zona centro, el DIF estatal y la Fiscalía General del Estado han recibido reportes sobre hijos o sobrinos que toman las tarjetas bancarias de personas adultas mayores para cobrar de manera indebida la Pensión del Bienestar.
El problema también tiene un componente legal. El artículo 305 del Código Penal de Chiapas contempla el despojo de inmueble y establece circunstancias que pueden agravar la situación cuando la víctima es una persona adulta mayor. Además, el protocolo de la Fiscalía General del Estado contempla la violencia patrimonial contra este sector como un factor agravante dentro de los casos de violencia familiar.
Conflictos por
concubinato y otras circunstancias
No todos los conflictos comienzan con una denuncia por despojo. Algunos aparecen después de la muerte de la pareja y están relacionados con la herencia.
Guillermo Nieto Arreola, consejero jurídico del Gobierno del Estado, explicó que el testamento es un acto jurídico realizado para después de la muerte y representa la voluntad de una persona sobre sus bienes. Sin embargo, cuando existen parejas que viven en concubinato, especialmente después de muchos años de convivencia, pueden surgir disputas si la persona fallecida dejó sus bienes a otros beneficiarios o no realizó un testamento que contemplara a su pareja.
En estos casos, la pareja sobreviviente puede tener que acreditar ante un juez que existió el concubinato para participar en un procedimiento de sucesión intestamentaria cuando no existe testamento. Incluso cuando sí existe una disposición testamentaria que deja los bienes a otra persona, el afectado puede acudir ante los tribunales para solicitar el reconocimiento de sus derechos, tomando como referencia criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que reconocen derechos de las personas que acreditan una relación de concubinato, incluidos derechos relacionados con alimentos y sucesión.
Nieto Arreola señaló que se trata también de un problema social que puede encontrar una vía de solución mediante la jurisprudencia, aunque la decisión final corresponde a los tribunales y no a los notarios.
El conflicto también puede aparecer cuando los bienes se entregan o transmiten mientras la persona todavía vive.
Alberto Magaña, abogado de Duda Razonable, advirtió que el patrimonio acumulado durante toda una vida puede terminar en disputa incluso entre padres e hijos. Explicó que un testamento no necesariamente evita todos los conflictos ni garantiza por sí mismo que quien deja un bien conserve su uso y disfrute, ya que los efectos de una donación o una herencia dependen de las condiciones legales bajo las cuales se realiza.
Entre las alternativas que mencionó está la llamada nuda propiedad, figura mediante la cual la propiedad y el derecho de uso pueden quedar separados. Esto permite establecer condiciones para que quien recibe la propiedad no pueda disponer libremente del inmueble mientras se mantengan determinados derechos, como el usufructo.
El abogado también explicó que, en determinados casos de ingratitud, existen procedimientos para solicitar la revocación de un beneficio y buscar que el bien regrese a su titular original. Señaló que uno de los problemas aparece cuando hijos o beneficiarios venden propiedades y dejan a sus padres sin una vivienda o sin recursos para mantenerse.
Como ejemplo, citó el caso de una mujer en Chiapa de Corzo que, de acuerdo con lo referido por el abogado, habría sido retirada de una vivienda después de una transmisión de propiedad.
Cuando el conflicto ya rebasa el ámbito de una operación notarial, explicó, corresponde a un juez civil o familiar determinar lo que proceda. Por ello, llamó a las personas adultas mayores y a sus familias a buscar orientación en la Consejería Jurídica antes de que una disputa patrimonial termine en un despojo.
Prevención y
herramientas de registro
La prevención también comienza al momento de realizar cualquier operación sobre una propiedad.
Ovidio Cortázar Ramos, presidente del Consejo Estatal de Notarios del Estado de Chiapas, señaló que la seguridad jurídica es un derecho fundamental y recomendó que los trámites relacionados con inmuebles se realicen mediante escrituras públicas debidamente validadas.
Ante la existencia de gestores y personas que pueden realizar malas prácticas, recomendó acudir directamente con un notario de confianza para revisar la documentación y las condiciones de una compraventa. Antes de firmar, dijo, es importante conocer la situación jurídica del inmueble mediante un Certificado de Libertad de Gravamen expedido por el Instituto Registral, además de verificar la identidad de las personas que intervienen en la operación.
Una vez formalizado el acto, la documentación debe continuar con su inscripción en el Registro Público de la Propiedad. El presidente del Consejo Estatal de Notarios también destacó que existe un arancel notarial publicado por el estado y explicó que entre el 70 y el 90 por ciento de los costos relacionados con la escrituración corresponden a impuestos y derechos, mientras que los honorarios del notario representan una parte menor del gasto.
Alerta Inmobiliaria
A esta ruta de prevención se suma una herramienta registral que busca que los propietarios sepan cuando existe algún movimiento relacionado con sus bienes.
Johan Llaven López, director operativo de Registro, Gravamen y Sentencia del Instituto Registral del Estado de Chiapas, explicó que ante casos en los que posteriormente aparecen testimonios falsos, compraventas, testamentos u otros documentos, el propietario no siempre tiene elementos para conocer por sí mismo si la información es verdadera. Por ello, señaló, la fe pública notarial es parte fundamental del proceso.
El Instituto cuenta con el servicio de Nominalidad o Alerta Inmobiliaria, mediante el cual el propietario puede registrar un inmueble para recibir una notificación cuando se intenta o se registra algún movimiento relacionado con él.
Por ejemplo, si una persona es propietaria de un inmueble en Chiapa de Corzo y un tercero solicita un Certificado de Libertad de Gravamen, el propietario puede recibir una notificación por correo electrónico para saber que alguien está realizando una gestión relacionada con su propiedad. La alerta también puede informar sobre movimientos como compraventas, donaciones, embargos u otros actos registrales, así como sobre situaciones que pudieran terminar en un gravamen.
El servicio no significa que cualquier persona pueda colocar una alerta sobre una propiedad ajena. Para solicitarla se necesita acreditar la propiedad mediante la escritura pública original. También se requiere identificación oficial vigente, correo electrónico y número telefónico. El trámite puede realizarlo directamente el propietario o un representante legal mediante poder.
El FURE, explicó Llaven López es el Folio Único Real Electrónico, antes conocido como folio real, y concentra la información registral del inmueble, como sus medidas, subdivisiones o fraccionamientos, propietarios y posibles gravámenes. Si una propiedad todavía no cuenta con FURE, el Instituto puede generarlo.
Actualmente, la Alerta Inmobiliaria tiene un costo de 848 pesos al año. El funcionario indicó que existe la intención de reducir ese precio el próximo año, con la posibilidad de llevarlo inicialmente a la mitad y, posteriormente, evaluar que pueda ser gratuito si el servicio funciona adecuadamente.
Sin embargo, pese a que la herramienta ya opera en Chiapas, su utilización todavía es baja. De acuerdo con el propio Instituto Registral, desde que comenzó este año se han registrado menos de diez personas.
El reto, entonces, no solamente está en contar con mecanismos legales para defender una propiedad, sino en que las personas conozcan cómo protegerla antes de que el conflicto llegue a los tribunales.
Antecedentes en adultos mayores
Para las personas adultas mayores, el riesgo puede aparecer en distintas etapas: al entregar un bien a un familiar, al modificar un documento, al dejar una herencia sin prever todas las circunstancias, al desconocer los derechos derivados de un concubinato o incluso al no enterarse de que alguien inició un trámite sobre una propiedad.
La revisión de documentos ante un notario, la consulta de la situación registral del inmueble, la asesoría jurídica y herramientas como la Alerta Inmobiliaria pueden formar parte de esa protección. En un problema donde muchas veces el conflicto ocurre dentro de la propia familia, conocer qué se firma, bajo qué condiciones se transmite un bien y qué ocurre jurídicamente después puede marcar la diferencia entre conservar lo construido durante una vida o tener que comenzar una disputa para recuperarlo.










