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Aborto a partir de los 12 años en casos de violación

  • Las menores ya no deberán ir a un proceso judicial y se actúa a favor del derechos de las menores a la salud

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la interrupción legal del embarazo en niñas mayores de 12 años cuando el embarazo sea producto de una violación, sin que sea necesario un proceso judicial.

Según el ministro Luis María Aguilar, las Normas Oficiales Mexicanas NOM-190-SSA1- 1999 y la NOM-046-SSA2-2005, otorgan una mayor protección a los derechos humanos de víctimas de violación, con lo que se actúa a favor del derecho de los menores a la salud.

“La Convención sobre los Derechos del Niño introduce el concepto de evolución de las facultades del niño al estipular que la dirección y orientación impartidas por los padres, o encargados legales, deben tomar en consideración su capacidad de ejercer sus derechos por cuenta propia”, puntualizó el ministro.

Estas leyes habían sido impugnadas por el congreso local del estado de Aguascalientes a través de una controversia constitucional, al considerar que se había visto afectada su competencia con estas normas

De igual manera, la SCJN rechazó que las funciones del congreso hayan sido invadidas después de que estas normas retiraran la condición de contar con una orden judicial que demostrara que el embarazo había sido causado por una violación.

Según el ministro presidente, Arturo Zaldívar, agregar elementos como una orden judicial para llevar a cabo el aborto solo estaría revictimizando a las mujeres que sufrieron una violación.

“Obligar a las mujeres o niñas a llevar a término el embarazo derivado de una violación implica un total desconocimiento de su dignidad humana, autonomía y libre desarrollo de la personalidad”, apuntó el ministro presidente.

Con información de: El Financiero

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