En la mira Carlos Morales y Marcela Castillo

• El IEPC en Chiapas comenzó un Procedimiento Ordinario contra la diputada local y el delegado de la Conafor en Chiapas, por presuntos actos de campañas anticipadas.

El Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana de Chiapas IEPC Chiapas encendió las alertas rumbo al proceso electoral al iniciar un Procedimiento Ordinario Sancionador contra Carlos Morales Vázquez, delegado de la Comisión Nacional Forestal (Conafor) en Chiapas, y la diputada local Marcela Castillo, por presuntas violaciones a la normatividad electoral.
Como primer golpe, la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias ordenó, como medida cautelar, el retiro inmediato de espectaculares, propaganda y publicaciones en redes sociales donde aparezca la imagen personalizada de las personas denunciadas, al considerar que podrían generar una ventaja indebida mientras se resuelve el fondo del caso.
Las denuncias apuntan a una presunta promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos, vulneración al principio de imparcialidad y posibles actos anticipados de precampaña y campaña. Entre las pruebas señaladas se encuentran un evento público, espectaculares colocados en Tuxtla Gutiérrez y diversas publicaciones difundidas en Facebook.
Durante una sesión urgente, la Comisión determinó que existen elementos suficientes para abrir la investigación y aplicar medidas preventivas, aclarando que estas no constituyen una sanción definitiva, sino acciones destinadas a evitar que continúe la difusión de la propaganda denunciada mientras se analiza el expediente.
El caso pone nuevamente sobre la mesa el debate sobre el uso de la imagen de servidores públicos y representantes populares en plena antesala del proceso electoral, una práctica que reiteradamente ha sido señalada por organizaciones y actores políticos como una forma de posicionamiento anticipado.
De acuerdo con el IEPC, las conductas denunciadas podrían contravenir lo establecido en el artículo 134, párrafo noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 5 y 308 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Chiapas.
Ahora la investigación seguirá su curso y serán las autoridades electorales las que determinen si existieron o no las infracciones señaladas. Por lo pronto, el mensaje es: la promoción personalizada bajo sospecha no tendrá vía libre mientras se resuelve el caso.

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