La Reforma laboral para repartidores de plataformas digitales comenzará a aplicarse en México a partir de este 22 de junio de 2025, conforme a lo publicado en el Diario Oficial de la Federación. Esta modificación a la Ley Federal del Trabajo (LFT) incorpora, por primera vez, una serie de derechos mínimos para trabajadores que operan bajo esquemas digitales, como quienes prestan servicios a través de apps como chóferes o reparto de alimentos, paquetería o mensajería.
La iniciativa fue impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo y aprobada por el Congreso tras diversas denuncias ciudadanas y testimonios de trabajadores y familiares que reclamaban ausencia de protección médica o falta de compensación en casos de fallecimiento. De acuerdo con la mandataria de México, nuestro país sería el primero en regular plenamente a las plataformas digitales.
¿Cuáles serán tus derechos como repartidor o chófer de apps?
Conforme al Artículo 291-F de la Ley Federal del Trabajo, los repartidores de plataformas digitales gozarán de los siguientes derechos laborales:
- Aguinaldo
- Vacaciones y prima vacacional
- Pago de horas extra
- Un día de descanso semanal
- Participación en el reparto de utilidades
- Afiliación al Seguro Social (IMSS)
- Acceso a Infonavit
- Libertad sindical
Estos derechos deberán ser respetados por las empresas operadoras de plataformas tecnológicas que emplean repartidores mediante aplicaciones móviles (apps). La normatividad incluye la obligación de brindar prestaciones sociales y cubrir cuotas obrero-patronales, así como asegurar la protección jurídica del trabajador digital.
Con información de UNOTV.COM