Cinthia Ruiz/ Diario de Chiapas
La violencia política contra las mujeres en razón de género continúa representando un desafío dentro de los procesos electorales en Chiapas, pese a que en los últimos años se han establecido mecanismos para sancionar estas conductas. Ante ello, una reciente reforma a la legislación electoral estatal incorpora la violencia política contra las mujeres como una posible causa de nulidad de una elección cuando se determine que esta fue generalizada y tuvo una incidencia en el proceso.
María Magdalena Vila Domínguez, consejera del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Chiapas, explicó que el problema comenzó a hacerse más visible a partir del incremento de la participación de las mujeres en la vida política, particularmente después de que se estableció la obligación de postular candidaturas bajo el principio de paridad.
Señaló que, desde entonces, comenzaron a documentarse con mayor frecuencia agresiones físicas y verbales, cuestionamientos sobre la capacidad de las mujeres para desempeñar cargos públicos y expresiones basadas en estereotipos de género. Posteriormente, con la reforma de 2020, estas conductas fueron reconocidas formalmente como violencia política contra las mujeres en razón de género y se establecieron procedimientos para investigar y sancionar los casos.
Sin embargo, Vila Domínguez consideró que las sanciones no han sido suficientes para contener el problema, pues los casos han continuado presentándose durante los procesos electorales. En Chiapas, explicó, se han acumulado expedientes que han derivado en responsabilidades administrativas y en la inscripción de personas sancionadas en el padrón nacional correspondiente, cuando las resoluciones han sido confirmadas por las instancias electorales.
Ante este escenario, explicó que se analizaron mecanismos adicionales para inhibir este tipo de conductas. Como antecedente, mencionó casos registrados en Guerrero y Estado de México, donde la violencia política ejercida contra una candidata fue considerada un elemento para determinar la nulidad de una elección.
A partir de estos antecedentes, en Chiapas se planteó modificar la Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral para incorporar la violencia política contra las mujeres como una causal de nulidad. La reforma ya fue aprobada y publicada, por lo que será aplicable para el proceso electoral de 2027.
La consejera aclaró que esto no significa que cualquier acto de violencia política implique automáticamente la anulación de una elección. Para que proceda esta medida deberá realizarse un análisis minucioso sobre la conducta denunciada, su alcance y, principalmente, si se trató de una violencia generalizada que pudo afectar el desarrollo del proceso o influir en la decisión del electorado.
De acreditarse estas condiciones, la elección podría declararse nula y las autoridades electorales tendrían que convocar a un nuevo proceso. Incluso, explicó, la diferencia de votos entre quien obtuvo el triunfo y el resto de las candidaturas no sería por sí misma un impedimento para analizar la nulidad, pues lo que deberá determinarse es si la violencia influyó en el ejercicio libre del voto.
Vila Domínguez destacó que la violencia política contra las mujeres tiene características particulares, debido a que frecuentemente recurre a cuestionamientos sobre su vida personal, apariencia, capacidad o a estereotipos relacionados con el papel que las mujeres deberían desempeñar en la sociedad.
Por ello, aclaró que las candidatas y funcionarias pueden ser cuestionadas por su desempeño, decisiones o posibles irregularidades, pero estas críticas deben sustentarse y no convertirse en ataques relacionados con su condición de mujer. Expresiones que desacrediten sus capacidades por razones de género pueden constituir violencia política y generar responsabilidades.
En este contexto, consideró que la nueva causal de nulidad representa una herramienta para prevenir que estas conductas se repitan durante los procesos electorales, al establecer una consecuencia adicional cuando la violencia alcance una dimensión capaz de afectar una elección.
La medida será puesta a prueba durante el proceso electoral de 2027, cuando las autoridades deberán determinar, en cada caso, si las conductas denunciadas cumplen con los elementos necesarios para afectar la validez de una elección.










