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Puntos Fiscales

Luis León Robles                                         

dj_drdead@hormail.com

Muy buenos días distinguidos lectores, el día de hoy haré referencia a un tema que en los últimos días estuvo muy en tendencia, y hasta el día 31 de mayo en la secretaria de hacienda de la Ciudad de México había muchos trabajadores realizando filas para obtener su constancia de situación fiscal, sin embargo hay que recordar que en relación a las reformas que entraron en vigor para este año se obligó a los trabajadores a realizar una actualización de los datos que contiene su registro federal de causantes, esto derivado de los empleadores que emitan su nómina se tendrá que realizar la transición a la facturación electrónica 4.0, es decir que como todo se encuentra procesado electrónicamente para realizar la nómina del trabajador deberá ser validado para que pueda generarse el timbrado de su nómina, cambios que generan una carga administrativa al empleador y empleado, sin embargo  es necesario que tengamos la definición de lo que es ese documento, al cual puedo definirlo como el documento generado y certificado por el sistema de administración tributaria que figura como identificación fiscal en el que contiene su R.F.C. con homoclave, nombre completo del contribuyente, CURP y régimen fiscal, siendo un requisito de contratación que los empleadores requieren y solicitan al trabajador, sin embargo acá existe una contraposición entre el derecho laboral y fiscal, esto es así derivado a que si con las nuevas reformas fiscales, un trabajador tiene problemas con la generación de su constancia de situación fiscal en materia fiscal el empleador tendrá problemas para la generación del timbrado de su nómina, por lo tanto no podrá realizarse el comprobante fiscal que tendrá repercusión fiscal para quien haya contratado a ese trabajador, sin embargo es fácil argumentar por parte del Sistema de Administración Tributaria que el trabajador que no cumpla con la entrega de la constancia de situación a su patrón no estará en juego su salario, a este punto quiero llegar, muchas veces para la autoridad hacendaria se le hace fácil con sus comunicados pretender solucionar los conflictos que originan muchas veces las leyes fiscales, la realidad es que el trabajador puede salir muy afectado no únicamente por su sueldo que tiene derecho a percibir, sino en no cumplir con esa disposición en materia fiscal puede estar en riesgo su trabajo, y en el caso de quienes se quieran emplear por primera vez, la constancia de situación fiscal es en estos tiempos un requisito de contratación, que los empleadores te solicitan, para asegurarse de que están inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y así corroborar que los datos que estás proporcionando sean correctos, caso contrario simplemente no te contratan, esa transgresión que se puede estar originando por un documento pudiera en algún momento contravenir no únicamente a la ley laboral federal, sino que hasta pudiera parecer un acto discriminatorio entre un aspirante que si lo tiene y otro que no lo tiene, ya que si ambos tienen la misma calificación técnica para la vacante, por ese simple documento uno de ellos le darían las gracias. Una de las justificantes que tiene el Sistema de Administración Tributaria es que estos requisitos establecidos en las leyes fiscales para este año es evitar el robo de identidad o que se le emitan facturas a personas que desconocen la situación, por ello se les ha pedido a los empleadores que se corrobore el nombre, el RFC y el código postal del domicilio fiscal de los trabajadores. Este tema fue dedicado para aquellas personas que trabajan y que tienen incertidumbre acerca de lo que es la constancia de situación fiscal, agradezco las sugerencias del tema, recuerde que esta columna es de ustedes, si tiene alguna duda sobre algún otro tema no dude en escribirme en mi correo electrónico. Si el creador no los permite, nos estaremos leyendo la próxima semana.

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