Semblanza histórica de la Barra Chiapaneca De Abogados, A. C.

Semblanza histórica de la Barra Chiapaneca De Abogados, A. C.

In memorian al Lic. Servando Cruz Solís, creador y forjador de la barra y de múltiples abogados. Qepd.

Dr. Jorge Antonio Orozco Zuart *

En el mes de noviembre de 1981, hace ya 44 años, el grupo de personas integrados por los abogados Donato Delgado Sanchirico, Miguel Bolaños Gordillo, Manuel Burguete López, Servando Cruz Solís, Ramón Ulises Soberano Velasco, Ignacio Soberano Velasco, Jorge Castañón Domínguez, Agustín Casanova Rousse, Andrés Medina Gutiérrez, Guillermo H. Esponda Orantes, Ledín Ruiz Velásquez, Lucrecia Tevera Jiménez, Noe Zenteno Orantes, Teófilo Orantes Zenteno, Rubén López Solís, Boanerges Balcázar De La Torre y otros; dialogaron sobre la situación del abogado en Chiapas y llegaron a la conclusión de  que como profesionales del derecho, en forma muy aislada y sin ningún acercamiento solidario con los demás integrantes de nuestra misma profesión, se hacía necesario integrarnos más, frecuentarnos más, comunicarnos más y que mejor manera de lograrlo que a través de aglutinarnos en una organización ex profeso. Fue así como surgió el consenso para apoyar lo que actualmente es la Barra Chiapaneca De Abogados A.C. (198 abogados crean la barra)

Se realizaron los trámites protocolarios correspondientes, ante la fe del notario público del estado Licenciado Federico Falconi Alegría, y en las instancias oficiales correspondientes, cubriéndose así, los requisitos para su constitución como asociación civil. 

En su devenir la barra, siempre ha contado con el apoyo decidido de nuestras autoridades. Esto ha motivado dos cosas: la llegada constante de nuevos miembros y, haber sido estímulo para que otros compañeros de la profesión, en diferentes lugares de nuestro estado, sintieran el deseo de integrarse en organismos asociados a esta organización, situación que nos orilló a la vez, al establecimiento de delegaciones en las ciudades más importantes de Chiapas.

Es necesario hacer notar que dentro de la evolución de la barra, han existido altas y bajas, porque es de subrayarse que han habido intereses personales, como en todo organismo, que han propiciado el surgimiento de otras organizaciones, que por su falta de solidez estructural han sido completamente temporales, siendo así, que una de las características esenciales de la barra  ha sido la firmeza de sus principios y la lealtad de los integrantes que han sostenido la prevalencia del organismo, misma que se revitaliza constantemente con el ingreso de nuevos miembros.

De nuestras acciones han quedados testimonios que sería prolijo mencionar, baste mencionar a manera de ejemplo, la intervención de la barra, en la gestión de la Instalación De Los Tribunales Federales, Instituto De Especialización Judicial, Extensión Chiapas, Junta Federal De Conciliación Y Arbitraje, Tribunal Del Servicio Civil, Hoy Tribunal De Trabajo Burocrático, etc., desde luego, contando siempre con el apoyo de las autoridades correspondientes del estado de Chiapas.

Delegaciones de la barra chiapaneca de abogados.

1. San Cristóbal De Las Casas, Chiapas.

2. Suchiapa, Chiapas.

3. Chiapa De Corzo, Chiapas.

4. Tapachula De Ordoñez. Chiapas.

5. Villaflores, Chiapas.

6. Cintalapa, Chiapas.

7. La Concordia, Chiapas.

8. Pichucalco, Chiapas.

Ex presidentes de la barra:

1. Miguel Eusebio Costa Selvas.

2. Carlos Jiménez Pascasio.

3. Miguel Ángel Coello Guillén.

4. Gabriel Soberano Velasco.

5. Noé Maza Albores.

6. Noé Díaz González.

7. Ledín Ruíz Velázquez.

8. Francisco Ignacio Castillo Acevedo.

9. Ramón Ulises Soberano Velasco.

10. Gustavo Cervantes Rosales.

11. Octavio Elías Robles Salgado.

12.- Servando Cruz Solís.

La “Barra Chiapaneca De Abogados”, originalmente constituida como sociedad civil, fue creada mediante escritura pública otorgada en Tuxtla Gutiérrez el 18 de diciembre de 1981 ante el notario público no. 55 del estado, e inscrita el 19 de enero de 1982 en el registro público de la propiedad y de comercio. Sus estatutos establecieron su denominación, domicilio y objeto, orientado a la promoción de la ciencia del derecho, la dignificación del ejercicio profesional, la ayuda mutua entre asociados, la emisión de propuestas legislativas, el impulso al desarrollo moral y económico con combate a las injusticias, y en general cualquier acto que fortalezca el derecho; pudiendo adquirir bienes relacionados con su objeto, no persiguiendo fines preponderantemente.

Hasta la fecha, la barra cuenta con 198 miembros fundadores y en la asamblea general que se llevará a cabo el próximo jueves 30 de octubre de las 11-13 hrs. En el hotel arecas, se estima incorporar 150 abogados más, de diferentes partes del estado y de la ciudad de México, con los que sumariamos 348 abogados con los que se pretende realizar una gran red de abogados chiapanecos

La Barra Chiapaneca de Abogados en Defensa de Chiapas

Ciudad de México, martes 4 de octubre de 2022

Sentencia de fecha 16 de noviembre de 2021. Las violaciones denunciadas, sustancialmente, se inician con el dictado de la sentencia de la h. Suprema corte de justicia de la nación, que condena al estado de Chiapas, a restituirle, al estado de Oaxaca, la superficie en que se asentó el municipio de Belisario Domínguez, así como la fijación de la línea limítrofe que dividirá a los territorios de los estados de Chiapas y Oaxaca, entidades federativas, del estado mexicano, límites que comprende el territorio chiapaneco, iniciándose el primer punto limítrofe en la barra de Tonalá a los 16° de latitud norte, en dirección noroeste hasta el cerro del chilillo, de ahí con dirección noroeste hasta el cerro de la jineta y de ahí con rumbo noreste hasta el cerro de los Martínez, rasgos geográficos y coordenadas que pueden identificarse en las coordenadas geográficas siguientes: barra de Tonalá a los 16° de latitud norte. 94°00’00» w; 16°00’00» n cerro del chilillo 94° 2′ 35.84″ w, 16° 20′ 27.09″ n cerro de la jineta 94° 8′ 21.87″ w; 16° 27′ 42.73″ n cerro de los Martínez 93° 53′ 23.92″ w; 17° g’ 56.79″ n.

Sin embargo, la suprema corte no fijó límites territoriales entre los dos estados, sino que condenó al estado de Chiapas a la restitución de territorio sin precisar superficie, sino solo establece coordenadas, pero que se estima en una superficie entre 160,000 a 180,000 hectáreas, que afectan los municipios de Cintalapa y Arriaga, Chiapas.

Los límites, contenidos en la sentencia, tuvieron como punto de referencia, entre ambos estados de Chiapas y Oaxaca, el cerro de los Martínez o cerro Zempoaltépetl o cerro cumbre Margarita a los 16 grados de la barra de Tonalá, trazando una línea recta, entre ambos puntos, condenando al estado de Chiapas, a la restitución, tanto de la superficie que arroja la fijación de límites, como de la superficie en donde se asentó el desaparecido municipio Belisario Domínguez. Continuaremos con esta historia y defensa….

*Es Doctor En Derechos Humanos, Juicios Orales, Criminalística Y Criminología, Derecho Fiscal, Derecho Publico, Administración Publica Y Ciencias Políticas, Además tiene las maestrías en Juicios Orales, Historia Económica Y Administración De Empresas

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