Frente a autoridades tradicionales e integrantes de comunidades indígenas de Tenejapa y La Candelaria, el Pleno reconoció que el Congreso de Chiapas ha incurrido en una omisión legislativa que ha impedido que los pueblos indígenas sean plenamente reconocidos como sujetos de derecho público, con sus propias autoridades y formas de organización.
La Suprema Corte ordenó al Congreso local legislar para hacer realidad estos derechos, y estableció un plazo de 180 días a partir de la expedición de la Ley General que dotará de contenido el artículo 2° de la Constitución Política Federal.
La decisión no se queda en el futuro: el Máximo Tribunal ordenó al Gobierno del Estado y al Ayuntamiento de San Cristobal de Las Casas a adoptar medidas inmediatas (90 días) para garantizar efectivamente el autogobierno de la comunidad tsotsil, incluyendo la entrega oportuna de los recursos públicos que proporcionalmente le corresponden.
Hoy la justicia caminó hacia las comunidades: los pueblos indígenas exigen reconocimiento que no puede esperar.











