Del “Derecho de las Audiencias” al derecho sobre contenidos de la información en redes sociales.

Del “Derecho de las Audiencias” al derecho sobre contenidos de la información en redes sociales.

Por la Conciencia

Dr. Roger Heli Díaz guillén

El 21 de agosto del 2026 la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones concluyó la consulta digital de Lineamientos Generales para la protección de los derechos de las Audiencias, relacionado con las obligaciones de concesionarios de radio y televisión sobre Códigos de Ética, Defensores de audiencia y clara distinción entere información, opinión y propaganda; que derivó en voces inconforme argumentando posible afectación a la libertad de expresión y labor periodística; quedando pendiente revisar las observaciones y aprobar proyecto final.

Este ejercicio y paso regulatorio necesario para sanear la información de la televisión y radio invita a observar la falta de regulación en las redes sociales con una ley específica, aunque se reconoce avances en el derecho nacional respecto a la seguridad digital de menores; reformas al Código penal federal sobre la suplantación de identidad, acceso ilícito a sistemas, fraude electrónico; contenido intimo sin consentimiento y; protección de datos personales. Siendo imperativo hoy atender la libertad sin limites del uso y manejo de la información que crea confusiones y distracción limitando el razonamiento crítico que los tiempos de transformación exigen; creando modelos de vida basados en la distracción y el bien estar en estas nuevas “comunidades” de consumidores y monetizadores de contenidos.

La UNESCO presentó un plan en el 2023 con siete principios para frenar la desinformación y el discurso de odio, exigiendo a las empresas transparencia algorítmica explicando como funciona sus algoritmos de recomendación; así como que cada país cree organismos imparciales para supervisar a las redes sociales sin caer en la censura. Destacando en esta idea La Unión Europea que aprobó ley de Servicios Digitales DSA obligando a las redes sociales a eliminar contenido ilegal y auditarlos.

Varios países tienen leyes estrictas para controlar y limitar el acceso de los menores a las redes sociales con el fin de proteger su salud mental y seguridad, como Australia e Indonesia que prohibieron redes sociales a menores de 16 años; Francia, Reino Unido y Emiratos Árabes Unidos a menores de 15 años; destacando que la verificación de la edad recae en las empresas tecnológicas no en los usuarios. Así mismo, el derecho de las audiencias ha tenido avances como en Argentina, Canadá, Reino Unido y la unión europea con 27 países que protegen la pluralidad, la transparencia y derechos de los telespectadores y radioescuchas.

En este marco de referencia es evidente que las redes sociales convirtieron a las personas en creadoras de contenido, por lo que hoy es urgente actualizar el derecho de las audiencias para proteger el uso y control de nuestra información digital; debiendo caminar de la protección del sentido de la información en radio y televisión sobre la separación de noticias, opinión y publicidad a la regulación de las redes sociales, donde cada usuario produce, comparte y consume datos al mismo tiempo. Ya no somos solo público; somos parte del sistema que sin embargo las reglas no se han aplicado al ritmo en que crece la tecnología.

En este mundo digital las grandes plataformas controlan lo que vemos mediante algoritmos donde nuestros datos personales guían las decisiones; las empresas usan nuestra información para diseñar publicidad a modo que influyen en nuestras decisiones; donde la privacidad se ha vuelto frágil. Hoy vivimos tiempos donde no podemos frenar el desarrollo tecnológico, pero si podeos incidir en la forma en que la tecnología incide en nuestras vidas.

Exigir un nuevo derecho de las audiencias en internet significa reclamar tres cosas básicas: Transparencia total donde los algoritmos expliquen de porque de los contenidos; control de datos donde el poder real de decidir como se usa nuestra información personal sin que las empresas lo vendan o manipulen; información veraz como herramienta clara para frenar noticias falsas sin censurar la libertad de expresión,

Reclamar este derechos no busca limitar la tecnología; busca poner a las personas y su salud mental en el centro del ecosistema de comunidades digitales. Reconociendo que si las redes sociales son el nuevo foro público, las reglas deben garantizar la dignidad, seguridad y verdad para todos los usuarios. Proponiendo en este orden, la aplicación a la comunicación en redes sociales del mismo criterio aplicado en normas consultadas en agosto 2026 sobre la comunicación en radio y televisión; donde la información que se comparta en redes sociales deberá aplicar la distinción EXPRESA y CLARA si lo que divulga es: Noticia de hechos reales; opinión e interpretación de hechos; propaganda o bien; es contenido de inteligencia artificial IA. 

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