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Christopher Pastrana

Uno no se vuelve inocente, simplemente por lavarse las manos de la situación

Amélie Nothomb

De película. ¿Han visto estos filmes hollywoodenses en los que el protagonista, un hombre rudo y con múltiples habilidades que yo no podría dominar ni en tres vidas, hace de todo para rescatar a un ser amado? Con tal de salvar la vida y recuperar su libertad, lesiona, priva de la vida, daña propiedad, roba, irrumpe domicilios, falsifica documentos; todo ello con un propósito mayor que aparentemente justificaría sus conductas delictivas. De víctima a victimario en un santiamén. Por más que empaticemos con su causa, sus actos no están jurídicamente justificados.

Algo similar ocurrió a partir de los recién filtrados audios en que presuntamente intervienen el Fiscal General de la República y el Fiscal Especializado de Control Competencial. Es cierto que nuestro Código Penal Federal contempla un tipo penal que protege tanto la privacidad de la correspondencia, como el acceso a sistemas y equipos de informática. El delito se actualiza cuando, como en el caso presente, se intervienen comunicaciones privadas sin contar con un mandamiento de autoridad judicial, o cuando la información así obtenida es revelada o divulgada, lo que ameritaría para el responsable una pena que oscila entre los seis y los doce años de prisión.

Control de daños. Por hueco y fútil que parezca, el discurso político puede tener, en realidad, un impacto sensible. Con interpretaciones y enfoques caprichosos, es posible desviar la atención de los asuntos realmente importantes a otros que resultan cómodos o más manejables para los emisores. La FGR no ha dado, hasta ahora, ningún posicionamiento contundente en torno a los hechos; por trascendidos noticiosos sabemos de la apertura de una carpeta de investigación por el delito cometido contra los funcionarios, pero nada ha dicho de las acciones emprendidas por el probable tráfico de influencia. Así, con un chasquido, la probable ilegalidad de los actos de los involucrados fue anulada por el posicionamiento oficial.

Pero lo mismo pasa desde el otro extremo. Podemos agradecer que información tan trascendente saliera a la luz, pero ello no resta el carácter delictivo de tales comportamientos.

Camino correcto. Excepcionalmente y bajo condiciones estrictas, un juez de control puede autorizar al Ministerio Público la intervención de comunicaciones privadas, único supuesto en que la obtención de la información sería lícita y, por lo tanto, susceptible de aportarse como prueba de cargo en una causa penal.

De lo contrario, aunque un delito o mínimamente la responsabilidad administrativa grave queden de manifiesto a partir de lo que escuchamos en los audios filtrados, lo cierto es que, en un proceso penal, tales evidencias serían inadmisibles por haber sido obtenidas con violación al derecho fundamental a la inviolabilidad o secreto en las comunicaciones.

Arenas movedizas. Ese impedimento, sin embargo, no significa un obstáculo absoluto para que se realicen otros actos de investigación que permitan esclarecer los hechos en torno a la participación del Fiscal General en hechos que, formalmente, no son de su incumbencia. De ser cierto que la propia Fiscalía abrió una carpeta para investigar la intervención ilegal de la comunicación privada que fue ventilada la semana pasada, ello constituiría, primero, un reconocimiento tácito de que tal comunicación existió y, además, cobrarían fuerza aquellas voces que dan por cierto el contenido de la llamada telefónica. Todas esas actuaciones son hechos diversos, diferentes de la intervención de comunicaciones privadas, que al ser lícitos sí pueden incorporarse a un proceso penal para intentar acreditar responsabilidades de quien sea.

Troya. Difícil superar los muros del conflicto de interés que se gesta a partir de las circunstancias que envuelven este caso, pues es la máxima autoridad de esa entidad autónoma quien celosamente custodia las puertas de entrada a una poderosa Fiscalía, amurallada, además, con la confianza de la realeza. En cualquier caso, una institución clave como la FGR se encuentra expuesta al escrutinio público por actuaciones que, con independencia de lo que en el futuro se concluya, hoy hacen de ella una institución conducida por un majestuoso caballito de madera.

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