Otro Chantaje de Sebastián Pérez Sántiz

Letras Desnudas

Mario Caballero

Lo que algunos medios y columnistas han dicho respecto a que en el municipio de Chamula podría haber derramamiento de sangre por culpa del fallo del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas que ratificó la validez de la elección a favor del candidato del Partido del Trabajo, no es más que un vil chantaje.

CAUSAS IMPROCEDENTES

Para empezar, es absurdo querer responsabilizar al árbitro electoral de un imaginario conflicto social por el hecho de no haber favorecido al candidato perdedor, en este caso Sebastián Pérez Sántiz, del PRI. Este razonamiento resulta igual de patético que aquel que amenaza a su novia con suicidarse si lo deja.

Comprendamos que el TEECH, como máximo órgano electoral en el estado, debe su funcionamiento a la Constitución y a los dictados de las diversas leyes en la materia. Su responsabilidad empieza y termina con la protección y defensa de los derechos político-electorales de los ciudadanos basado en la observancia de los principios de constitucionalidad y legalidad. Es decir, no está para satisfacer caprichos de nadie y tampoco para sustentar sus fallos en dichos y en actos sin fundamentos.

Para el caso, las irregularidades que Pérez Sántiz denunció en su recurso de impugnación carecen de sustento, tal como quedó demostrado en el estudio del expediente TEECH/JIN-M/049/2024, cuya ponencia estuvo a cargo del magistrado Gilberto Bátiz García.

Lo que el candidato priista pide es un recuento de las 140 casillas instaladas, ya que -según él- durante el conteo de votos en el Consejo Municipal Electoral sólo se cuantificó 76 casillas del total. Además, un nuevo conteo de todos los paquetes electorales a razón de que el número de votos nulos es mayor a la diferencia de votos entre él y el candidato Pascual Sánchez Gómez.

Dichas causas, por consiguiente, fueron estudiadas e investigadas por el órgano electoral. Y lo que encontró tras realizar las diligencias pertinentes fue lo siguiente:

Uno, que las 140 casillas instaladas fueron contadas en su totalidad por el Consejo Municipal Electoral de Chamula, según consta en documentales públicas como en las dos copias certificadas del Acta circunstanciada de la sesión permanente para dar seguimiento al recuento de las boletas electorales de la elección de miembros de ayuntamiento, del cuatro y cinco de junio de 2024; asimismo, en la copia certificada del Acta circunstanciada del paquete electoral de la sección 373 E1C1 durante la entrega recepción entre el CME 023 al CDE 22 Chamula, para dar seguimiento al recuento de las boletas electorales a la elección de diputación local, de fecha siete de junio de 2024.

Por lo que, en vista de señaladas actas, se declaró improcedente la pretensión de Sebastián Pérez Sántiz de realizar un nuevo recuento de escrutinio y cómputo de la votación, pues con ello quedaba evidenciado que no era necesario otro conteo de votos ya que el Consejo Municipal Electoral correspondiente lo había realizado en tiempo y forma.

Ahora bien, presionar al tribunal electoral para que ordenara realizar un nuevo conteo sería conminar a este órgano a cometer una transgresión legal. El artículo 248 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado, establece: “En ningún caso podrá solicitarse al Tribunal Electoral que realice recuento de votos respecto de las casillas que hayan sido objeto de dicho procedimiento en los Consejos Distritales o Municipales”.

Por tanto, el TEECH emitió un fallo correcto y legítimo.

Dos, la petición del priista de realizar un nuevo conteo porque los votos nulos fueron mayores a la diferencia entre él y el candidato del PT, no es procedente.En términos del artículo 106 de la Ley de Medios de Impugnación, dice: “no será motivo suficiente para decretar la apertura de paquetes y realización de recuentos parciales de votación, el hecho que algún representante de partido político, coalición o candidato manifieste que la duda se funda en la cantidad de votos nulos sin estar apoyada por elementos adicionales como escritos de incidentes, documentos electorales u otros elementos que generen convicción”.

Pérez Sántiz no mostró elementos adicionales, creyó que con sólo alegar esas diferencias bastaría para que el árbitro electoral le cumpliera su capricho.

Es más, esta resolución fue confirmada por la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, cuya sentencia dice: “La Sala confirmó la resolución impugnada al considerar infundados los planteamientos hechos valer por el actor, toda vez que, como lo estableció el Tribunal local, la autoridad administrativa electoral realizó un recuento total de todas las casillas instaladas en el municipio, por lo que, conforme a lo que establece la Ley Electoral, no puede solicitarse un nuevo recuento respecto a las casillas que ya fueron objeto de recuento”.

Más claro, ni el agua.

CHANTAJISTA

Bueno, aclarado que las causas de la impugnación son improcedentes y que el fallo del TEECH cumple con los mandatos de la ley, veamos que Sebastián Pérez Sántiz apela al último recurso que le queda: el chantaje, su común denominador.

Este político emanado del PRI es conocido en Chamula y en toda la región Altos como un desestabilizador social, que desde hace más de una década ha venido extorsionando a cada presidente municipal en turno. Es, por lo mismo, un seudo empresario que ha amasado una enorme fortuna a costa de la violencia y en detrimento de los recursos públicos.

En 2015, por ejemplo, compitió por la alcaldía de mencionado municipio bajo las siglas del partido Mover a Chiapas, pero perdió ante el candidato del Partido Verde, Domingo López González.

Como todo mal perdedor, amenazó al alcalde con provocar un estallido social en el municipio si no le entregaba todas las obras. López González no accedió a sus chantajes.

La respuesta de Sebastián Pérez fue la violencia. Y, el 23 de julio de 2016, convocó a los habitantes de 35 parajes de la localidad para presionar al presidente municipal para que les diera obras y les entregara 100 millones de pesos para apoyo a los artesanos. Pero ante la negativa de éste, desde la plaza central un grupo de personas disparó hacia el edificio del Ayuntamiento con armas de grueso calibre. Como resultado de esa embestida que duró varios minutos, fue el asesinato de Domingo López y del síndico Narciso Hernández.

Ahora que volvió a perder la elección, recurre otra vez al chantaje. Sólo que esta vez tiene un claro motivo.

Fuentes a este columnista revelan que Pérez Sántiz no necesita, sino le urge alcanzar la presidencia municipal a como dé lugar, debido a que tiene una deuda superior a los 200 millones de pesos por compromisos contraídos con diferentes personas durante el reciente proceso electoral.

¡AGUAS!

Por lo mismo, el derramamiento de sangre tan anunciado por algunos medios y columnistas podría ser tomado incluso como un acto de intimidación contra el presidente municipal electo de Chamula.

Dicho de otro modo, Sebastián Pérez Sántiz, a través de sus sicarios verbales, estaría anunciado nuevos episodios de desestabilización social en la localidad y lanzándole una amenaza velada a Pascual Sánchez Gómez tomando de pretexto el fallo del Tribunal Electoral del Estado. Como dicen los déspotas, “el poder no se cede, se arrebata”.

Las autoridades deberían proteger a Pascual Sánchez.

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