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¿Qué es el Federalismo Fiscal?

Pablo F. Chávez Mejía

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas

En materia de finanzas públicas, se tiene que definir la potestad tributaria, es decir: las facultades de cobrar impuestos y derechos, así como de ejercer el gasto público. México es una república federal, por lo tanto, en la Constitución Política como en la Ley de Coordinación Fiscal, se especifican qué impuestos le corresponden cobrar a la Federación y por excepción a los Estados.

En el sexenio de José López Portillo (1976-1982), se implementó la Ley de Coordinación Fiscal hoy vigente, en esa época existía una gran producción de petróleo en México, esa bonanza económica generaba riqueza de millones de dólares, que debía ser repartida entre todos los Estados de la Federación, incluyendo a las Entidades no productoras de petróleo -como Nuevo León, Jalisco, Querétaro, Guanajuato por citar algunos- porque quienes han producido petróleo y siguen produciendo (en menores cantidades) son: Campeche, Chiapas, Tabasco, Veracruz y Tamaulipas.

Para compartir esos ingresos petroleros entre toda la nación, se siguió la política económica de distribución de la riqueza, y se creó el pacto fiscal federal, donde los Estados ceden a la federación las facultades de cobrar ciertos impuestos para luego regresarlos a cada Entidad a través de las participaciones federales. Cabe precisar, que el “fondo general de participaciones” se conforma con el 20% de la recaudación federal participable que obtenga la federación en un ejercicio por todos sus impuestos, así como por los derechos de minería. Adicionalmente, la recaudación federal participable estará integrada por el 80.29% de los ingresos petroleros del Gobierno Federal a que se refiere el artículo 2°, fracción XXX Bis, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como de los ingresos excedentes a que se refiere el tercer párrafo del artículo 93 de la misma ley.

¿Qué sucede ahora en 2020, con la polémica protesta de los Gobernadores de la Alianza Federalista?

A mi criterio, la protesta tiene una parte de razón, porque los ingresos petroleros de México ya no son los mismos de los años setenta a los noventa del siglo pasado; ante ello, los Gobernadores piden más recursos federales o una variación de la fórmula de dispersión de las participaciones. Hasta ahí, quizás tengan derecho a reclamar.

Lo que no tiene razón de ser, es que dichos Gobernadores quieran terminar con el pacto fiscal, pues la Ley de Coordinación Fiscal es precisamente una fórmula de distribución de la riqueza y a los Estados más pobres se les debe inyectar recursos para infraestructura y desarrollo (Reciprocidad nacional).

El centro, el bajío y el norte del país, han tenido por décadas inversiones de todo tipo, como la industria, la infraestructura carretera y ferroviaria, todo pensando en el comercio exterior hacia los Estados Unidos y grandes puertos de exportación; por lo tanto, los Estados de las regiones citadas se han visto beneficiados por su ubicación geográfica con inversiones de empresas internacionales y, en consecuencia, la federación ha otorgado las facilidades para que las maquiladoras y las industrias se establezcan estratégicamente en sus territorios, debido a la cercanía con nuestro vecino del norte.

En esa tesitura, si en Chiapas o Oaxaca existen altos índices de pobreza, es debido a la falta de inversión de infraestructura para el desarrollo, no es porque su gente sea perezosa o por falta de emprendimiento, sino que la federación nunca volteó a ver al sureste como un polo de creación de riqueza, salvo las hidroeléctricas en Chiapas que han generado energía para gran parte de la nación. Sin embargo, la infraestructura petrolera se dejó en el abandono en los últimos años; por lo que hasta ahora, en este sexenio (2018-2024) se impulsa la nueva refinería de Dos Bocas en Tabasco, el proyecto del Tren Transístmico en Oaxaca y el Tren Maya para Chiapas y la península de Yucatán.

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