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A. Marroquín / Diario de Chiapas

Las unidades del transporte público de la Federación de Cooperativas de Transportistas de Chiapas (Fecotrach) en Tuxtla Gutiérrez, no respetan a las y los usuarios de la ciclovía, ya que continúan invadiendo el carril exclusivo para bicicletas pese a que es un delito.

Pedro Antonio Moya Roldán, integrante fundador del colectivo “Bicimovilízate”, dio a conocer —nuevamente— que las unidades del transporte público colectivo de la capital chiapaneca siguen molestando a la comunidad ciclista con la invasión del único carril de bicicletas que se ubica sobre el boulevard Dr. Belisario Domínguez.

Lo anterior, dijo que sigue figurando como un problema cotidiano para las y los ciudadanos que se transportan en bicicleta por la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, ya que se limita el uso de este carril y de otras vías en extrema derecha.

“Esto no puede seguir pasando y como siempre los transportistas gandallas ponen en riesgo la vida de los ciclistas usuarios de la ciclovía en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas y las autoridades como siempre brillan por su ausencia”, manifestó.

Por no existir interés de los encargados de la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal (SSPyTM) y Secretaría de Medio Ambiente y Movilidad Urbana (SMAyMU), exigió a la síndico, Karla Burguete Torrestiana, coadyuvar en el tema, porque en tiempos de pandemia, lo que requiere la capital es una ciudad funcional y con transportes alternativos como la bicicleta.

“Les exigimos tomen cartas en el asunto síndica, Karla Burguete, ahí está documentado. Urge un programa funcional de movilidad urbana y cultura vial, y respeto al ciclista y al peatón”, solicitó.

¿QUÉ DICE LA LEY?

De acuerdo con la fracción XVI del artículo 7 del Reglamento de Tránsito y Vialidad del municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, queda prohibido para todos los vehículos y motocicletas el estacionarse en todas aquellas zonas o vías públicas en donde exista un señalamiento que prohíba estacionarse o que por razones especiales así lo determine la autoridad.

Con base en lo anterior, la ley expone que los agentes o policías de tránsito municipal o estatal están facultados para detener al infractor responsable por estacionarse sobre banquetas, camellones, obstaculizar paso peatonal, rampas para personas con capacidades diferentes; donde será motivo de infracciones con multas de cinco a ocho salarios mínimos (708.5 a mil 133.7 pesos), tal como lo marca los apartados 104 y 116 del reglamento municipal. 

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