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Autonomía, Independencia e Intromisión en el Poder Judicial Federal: Defensa que contraviene a la Constitución y al poder soberano del pueblo

Por la Conciencia

Dr. Roger Heli Díaz Guillén

Retomando publicación de lona exhibida en el edificio del juzgado federal en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas por la Sección 33 de trabajadores que reza: “Cese a la Intromisión al PJF y respeto a nuestros derechos laborales porque afecta a la impartición de justicia”, destacando tres temas que resultan sustantivo evaluar para abonar al conflicto y/o controversia entre poderes públicos derivado de propuesta de reforma a la constitución que derivó de iniciativa del poder ejecutivo, siendo el primero lo relativo a observar si existe intromisión de terceros dentro de la vida del poder judicial; en segundo término revisar si la propuesta de reformas afecta derechos laborales de los trabajadores del PJF y; en tercer lugar observar si las reformas podrían afectar a la impartición de justicia.

En este orden, iniciamos con definir que la INTROMISIÓN es la acción que implica adentrarse en el ámbito de asuntos ajenos, generalmente de los derechos de los demás, con sinónimos como entrometimiento, entremetimiento, injerencia, intrusión, impertinencia y mangoneo; por lo que dicha definición con la acción y potestad del poder ejecutivo y legislativo de presentar iniciativas de reforma por disposición constitucional, deja claro que NO existe una acción de intromisión en la vida del PJF sino un cumplimiento a una obligación y responsabilidad en el terreno legislativo, reconociendo con los poderes públicos ejecutivo, legislativo y judicial son poderes con independencia y autonomía, pero  sin soberanía porque de ella emanan, siendo soberano únicamente la nación y el pueblo mexicano. Existe la soberanía de la nación como poder del estado reconocido en el derecho internacional y a nivel constitucional que emana de la creación de México como estado nación se reconoce a la soberanía del pueblo.

En este marco de apelar el PJF a la figura de la intromisión es evidente que se aparta de la razón de su existencia jurídica que definen los artículos 39 y 41 de la constitución mexicana, que “la soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste… El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión…en los términos respectivamente establecidos por la presente Constitución Federal y las particulares de los Estados, las que en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del Pacto Federal.

Las propuestas de reformas relacionados con la exigencia de que los jueces, magistrados y ministros sean electos y nombrados a partir de una lección popular resulta ser el tema toral o más importante porque esta directamente relacionado a la permanencia y autonomía de trabajo en este PJF de los impartidores de justicia antes citados y; el tema se ha traducido a una presunto afectación a los derechos laborales de los trabajadores que son decenas de miles, de los que menos de dos mil corresponden a los rangos de impartidores de justicia federal; de lo que se evidencia que las reformas no afectan los derechos laborales de los trabajadores del PJF. Es un manejo mediático con apoyo del sindicato nacional de este poder público para que los jueces, magistrados y ministros tengan el apoyo de la base social, aunque ninguno de los ministros que asistieron a la primera mesa de análisis de las reformas celebrada en días pasados plantearon el tema de daños laborales que anuncia la base trabajadora o el sindicato.

El tercer tema que corresponde a la defensa del PJF de que con las reformas se afectara a la impartición de justicia, resulta relativamente cierto en razón de que los actuales impartidores de la justicia federal sin lugar a dudas cuentan con formación y experiencia pero que la prostituyeron en el quehacer de la justicia y; perdieron la confianza ciudadana como no solo lo dicen los promotores de la reforma sino también estudios del INEGI sobre la confianza ciudadana a sus instituciones y estudios de organismos internacionales en cuanto al tema; reconociendo ministros que ciertamente el PJF perdió comunicación con el pueblo de México; siendo necesario una renovación con hombres y mujeres con saberes jurídicos, experiencia y conocimiento de la justicia en México que dará garantía a que la impartición de justicia sea pronta y expedita del pueblo y para el pueblo. El divorcio del PJF con el pueblo es real y expresado por este poder a través de la presidenta de la suprema corte de justicia de la nación, ministra Norma Piña, que considera que el tema de las reformas copete a los tres poderes, descarta al pueblo como parte determinante de la vida pública.

La reforma al PJF ya inició el 14 de junio al publicarse la reforma a los artículos 129 y 148 de la ley de amparo respecto a la suspensión general en juicios de amparo contra leyes por inconstitucionalidad  de normas generales, que en abril del 2024 fue aprobada por las cámaras de diputados y senadores, cuya trascendencia es la regulación de la figura de la suspensión de efectos generales de leyes; que seguramente será la parte inicial de esta controversia donde la oposición promoverá recurso de inconstitucionalidad y el PJF será juez y parte para conocer y resolver en consecuencia. 

El PJF reclama independencia y autonomía cuando en verdad la independencia y autonomía no es atentada por las reformas porque es la esencia de la procuración e impartición de justicia en toda sociedad, pero ello no significa limitar la facultad de los poderes ejecutivo y legislativo sobre leyes y reformas, mucho menos el poder soberano del pueblo para intervenir en  la vida pública de México donde su rectoría es importante en controversia entre poderes públicos que no previó la constitución su atención y posible realidad como la que se está viviendo.

En la primera mesa de análisis de las reformas los ministros solicitaron que en los foros públicos que ya iniciaron sean escuchados los jueces y magistrados para que conozcamos su trabajo y esfuerzo, no solicitando se promueva la participación de la ciudadanía en general, dejando con ello claro que el pueblo no está dentro de los intereses que ellos cuidan.

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