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Hablemos del agua como combustible de la naturaleza antes de su control y disposición

Por la Conciencia

Roger Heli Díaz Guillén.

La naturaleza no es nuestra porque somos parte de ella y sus recursos naturales como el agua nos facilitan el vivir. El valor intrínseco de la naturaleza no depende de la utilidad que encuentra el ser humano sino de los medios y condiciones necesarias para su existencia y desarrollo, que exigen necesariamente cambios paradigmáticos en los ámbitos jurídico, científico, político y social en materia de medio ambiente para la continuidad de la vida humana.

La naturaleza y la especie humana en nuestra relación diaria establecemos y determinamos el medio ambiente que se sostiene a partir de sus componentes y recursos como la tierra y su biodiversidad que se desarrollan a partir del recurso hídrico que define su presencia o ausencia de los diversos ecosistemas que le dan existencia armónica; que son alterados a partir de los excesos de extracción y cambio de usos del suelo que la han transformado y extinguido en casos.

Los ríos son ecosistemas y entes vivos que en el desarrollo hemos contaminado y destruido sobreviviendo muchos en espera de la conciencia humana que los rescate y ayude a recuperar su belleza natural armónica con la vida humana, engrandeciendo la belleza de espacios que abonan al bienestar social y el desarrollo, siendo alarmante los grados de contaminación de los ríos en el territorio nacional y América latina, destacando Perú con la mayoría de sus ríos contaminados; ejemplo en Chiapas es la actividad de recolección de toneladas de basura en el parque nacional cañón del sumidero que anualmente se realiza y sirve de escenario político para declaraciones por la conservación y el medio ambiente.

La realidad del agua en México representa hoy un problema de interés público y de seguridad nacional más allá de la contaminación de ríos, arroyos y lagunas que están sujetos a la intervención que ordena la ley de aguas nacionales promulgada en 1992 que parte de la propiedad de la nación sobre los cuerpos de agua continuos y comunicados, desconociendo los derechos de propiedad sobre aguas otorgados en resoluciones presidenciales de ejidos y comunidades en el siglos pasados en más de la mitad del territorio nacional; excluyendo su intervención, utilizando la ley el concepto genérico de sociedad civil que para el caso resulta genérico al tener estos pueblos, ejidos y comunidades, personalidad jurídica y patrimonio propio de tierras, bosques y aguas en el derecho nacional.

Los ríos que se multiplican e interconectan de forma natural y física en el territorio nacional ocupan territorios de áreas naturales protegidas y territorios de propiedad social cuyos derechos de intervención y disposición de este recurso esta limitado a “concesiones de agua” y regulación del estado; omitiéndose derechos comunitarios y derechos de los ríos y naturaleza que ya es considerado a nivel internacional. pueblos a quienes no se les consultó de la reforma de junio de 2018 que autorizó disponer de agua disponible después de asegurar lo necesario para la generación de energía eléctrica y consumo humano, consintiendo el extractivismo del agua para actividades comerciales.

En febrero de 2024 el gobierno federal presentó iniciativa para proteger el agua regulando su extracción que está impactando en el norte del país, que resulta una contrarreforma a la publicada el seis de junio de 2018 por el gobierno de Enrique Peña Nieto,  observándose que en el marco expuesto sobre la realidad del agua, la propuesta de reforma referida no resuelve el problema integral de la propiedad colectiva que derivó de la propiedad originaria de la nación al constituirse; teniéndose antecedentes que en nuestro país se vende el agua como propiedad desde hace 39 años después del sismo de 1985 y epidemia de colera de 1991, para hoy ser negocio de empresas como coca cola, PepsiCo, Nestlé y Danone, generando un mercado del agua nacional con consumo de 234 litros por persona al año, asumiéndonos como el principal consumidor de agua embotellada en el mundo; que hoy amenaza a los espacios que contienen el vital liquido como son los ríos, cuya población que los sostiene en sus territorios no son considerados en su atención.

El cambio de paradigma necesario en la atención al agua empieza por reconocer hoy que para el sostenimiento de la biodiversidad los ríos juegan un papel vital, debiéndose asumir en consecuencia su derecho a no ser contaminado o dañado por actividades humanas; retomando la declaración de la International River y Earth Law Center de respetar  el derecho de los ríos a su flujo; a ejercer sus funciones esenciales con el ecosistema; a estar libre de toda contaminación; a alimentar y ser alimentado por sus afluentes; a la biodiversidad nativa; a su regeneración y restauración; así como a su derecho a su sostenibilidad natural acompañada y asistida y; el de compartir su grandeza con la humanidad.

En este propósito e ideal existe en la gaceta del senado de la republica del martes 13 de noviembre de 2018, propuesta de senador del partido Movimiento Ciudadano de proyecto de decreto de reforma al código civil para considerar como persona moral a ríos y arroyos, mares, lagunas, lagos, cenotes y cascadas; así como reformar la ley general de vida silvestre y ley de aguas nacionales, que obviamente ante la insensibilidad dicha iniciativa no prosperó, abonando en la esperanza el destacar que recientemente se firmó declaratoria del RIO TINS en España en diciembre de 2023. Esta propuesta se enmarca dentro de las experiencias de reconocimiento de los derechos de la naturaleza, estableciendo derechos intrínsecos asociados a diversos ecosistemas; abonando más de 30 países que han adoptado instrumentos legislativos para reconocer estos derechos, destacando países de Sudamérica.

Los ríos son lugares y espacios de uso y disfrute comunitario, social y público que abonan a la ciencia, salud, deporte, recreación, aprendizaje y reflexión espiritual. Son entes vivos cuya naturaleza, sostenibilidad y derechos nos hemos olvidado en México, traduciéndolos en espacios de depósitos como si fueran tanques cuyo contenido y volumen se dispone y compromete para la vida humana domestica y generación de energía eléctrica; asumiendo irregularmente el concepto de “agua excedente” porque en la biodiversidad ello no existe porque toda el agua siempre será la necesaria; siendo el excedente para el mercado nacional que enriquecen a grandes empresas, que significa “desposesión” y “uso indebido” del agua en afectación al pueblo de México que mañana sufrirá sus consecuencias.

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