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El momento de los tribunales

Letras Desnudas

Mario Caballero

“La defensa jurisdiccional de la democracia” fue el título que le colocó Gilberto Bátiz García a su artículo sobre el papel que les toca jugar a los tribunales electorales del país en esta etapa del proceso electoral, publicado el jueves 27 de junio en un medio de la prensa local.

Para el presidente del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas, la democracia, así como el sostén y la defensa de la misma, requiere de la colaboración y el compromiso conjunto de las instituciones y la sociedad civil. Es decir, no basta con que las personas participen y las dependencias encargadas de organizar los comicios, contar los votos y validar las votaciones cumplan con esa labor, sino también hay que proteger la voluntad del pueblo vertida en las urnas electorales haciendo valer las leyes en la materia.

Gilberto Bátiz es un especialista en temas electorales. Prueba de ello son las importantes piezas de reflexión que ha publicado en revistas de renombre como Nexos y su destacada trayectoria en el ramo, desempeñando cargos como el de consejero electoral del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana de Chiapas, asesor de mando superior en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, presidente del Tribunal Electoral del Estado, entre otros.

Por lo mismo, es difícil transmitir la elocuencia de sus argumentos, y la precisión de sus argumentos. Lo cito para no deformarlo:

LA DEMOCRACIA

“En la concepción originaria de la democracia está la renovación periódica y pacífica del poder, a la cual se han agregado múltiples connotaciones y énfasis, particularmente, el de la participación igualitaria de la ciudadanía en la toma de decisiones públicas; por ello, su valor en la sociedad es incuestionable. Sin embargo, en época reciente se identifica una situación de recesión democrática mundial, expresada en el bajo apoyo que tiene en contraste con el aumento a la indiferencia que sobre el tipo de régimen político pudiera existir. Esto a partir de la percepción del efecto útil de la democracia en la vida individual y colectiva de las personas y su entorno”.

A tenor de ese primer párrafo aprovecho para hacer un breve paréntesis sobre que la democracia es y seguirá siendo el mejor de los sistemas políticos, el cual no es perfecto, pero tiene la enorme virtud de permitirles a los ciudadanos elegir el gobierno que más se ajuste a sus expectativas. Cada persona, por propia cuenta, puede ir a las casillas electorales y votar a su más amplia y entera decisión por el partido o candidato de su preferencia. Por eso se dice que la democracia es el poder supremo del pueblo.

Sin embargo, la mala actuación de los partidos y políticos ha generado un sentimiento de desánimo en la sociedad por participar en la democracia. Lo cual es muy lamentable, ya que eso ha devenido, no sólo en México sino en muchos países democráticos en el mundo, en tener gobiernos minoritarios y con poco respaldo social.

Peor todavía, existen casos documentados sobre el abuso del poder para pisotear los derechos político-electorales de los ciudadanos, con el fin primigenio y último de retener o conquistar los puestos gubernamentales. Tal como lo percibe y anota el magistrado Bátiz.

Así lo dice:

“Con independencia del bruñido que sobre el entramado en el que se sostiene el sistema democrático, si su rendimiento se fija únicamente en la elección mayoritaria de una opción política; entonces, se habrán derrochado los esfuerzos personales e institucionales para garantizar los derechos, valores y principios que en ella convergen. En este punto, es decisivo el planteamiento del primer artículo de la Carta Democrática Interamericana, en cuanto a que los pueblos tienen derecho a la democracia y sus gobiernos la obligación de promoverla y defenderla.

“En esta consigna se hace notar el binomio indisoluble de pueblo y Gobierno como copartícipes en el logro de la democracia que, implica, por un lado, la existencia de precondiciones para el ejercicio del derecho y, por otro, la de los mecanismos eficaces para cumplir con tal obligación. Siendo necesario en este último aspecto, destacar la labor de las autoridades electorales como parte de las instituciones públicas obligadas a defender la democracia, en particular, de los órganos jurisdiccionales”.

LO QUE TOCA AL TRIBUNAL ELECTORAL

“Conforme estas consideraciones, se inserta la etapa culminante del proceso electoral, en el que las controversias que se suscitan por los resultados de las elecciones pueden revolverse a través de los medios de impugnación, principalmente, a través del juicio de inconformidad; por lo que en el contexto local, desde el 11 de junio cuando se recibió el primero de ellos, en el Tribunal Electoral del Estado se potencializa la labor de garante de la voluntad popular, toda vez que a través de un mecanismo procesal se revisa la validez de los votos que definen quiénes ocuparán los cargos de elección popular.

“Esto, teniendo en cuenta que Chiapas es una de las cinco entidades federativas con el mayor número de municipalidades en el país, lo que se refleja en la cantidad de mil 153 cargos públicos a elegir y siendo que los comicios se realizaron en 121 municipios, con una participación ciudadana de 62.7 (%) del listado nominal que corresponde a tres millones 902 mil 858 ciudadanos, de acuerdo a los datos del Instituto de Elecciones.

“Por ello, en esta etapa impugnativa, en el Tribunal Electoral se reporta la recepción de 76 juicios de inconformidad en contra de resultados de 49 elecciones municipales, uno en contra de la elección de la diputación local correspondiente al distrito (electoral) 22 y ninguno relativo a la elección de la Gubernatura. De esto, tiene para resolver, según se trate, los plazos legales siguientes: al 15 de agosto, la elección de diputaciones locales y al 31 del mismo mes, de la elección de miembros de ayuntamientos”.

A DEFENDER LA VOLUNTAD DEL PUEBLO

“Es ahora el tiempo en que corresponde al Tribunal Electoral, mediante cada sentencia, garantizar el respeto de la regla de las mayorías, desde un enfoque que tiene como límite infranqueable o indecidible, los derechos políticos fundamentales; es decir, proteger a la democracia como un derecho colectivo de los pueblos. Al resolver en cada una de las inconformidades, además, se decide el rumbo y el sentido prístino de la democracia: que el poder se renueve de forma periódica, pacífica, pero sobre todo, de forma legítima.

“En los juicios de inconformidad como mecanismos de revisión de la regularidad constitucional de los resultados de las elecciones, a decir de Aharon Barak, se realiza una acción correctiva de todo el sistema, cuando se protege a la democracia misma, lo cual debe ser el proyecto político de mayor significación de los estados actuales, porque sólo a través de ella, se pueden realizar los derechos y las libertades públicas, así como dar solución pacífica a las divergencias emanadas de una sociedad plural.

“De ahí que, salvaguardar la democracia conlleve, entre otras cuestiones, las autoridades del Estado, particularmente los tribunales debemos proteger los derechos aún en contra de las decisiones mayoritarias, en tanto, no gocen de validez y legitimidad, desde la premisa fundamental que cada individuo tiene igual derecho a intervenir en la resolución de los asuntos que afectan a su propia comunidad”.

yomariocaballero@gmail.com

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