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   •   Bajo el argumento de que existen vacíos legales en la ley electoral, suspenden y reprogramarán para próximos días sesión donde castigarían al edil de Tuxtla por violencia política contra la regidora Adriana Guillén

   •   María Magdalena Vila Domínguez: El proceso no queda inconcluso, sino que se presentará un nuevo proyecto con los términos vigentes

   •   Oswaldo Chacón Rojas: El dictamen tiene que ser reforzado, fundamentar y razonar el expediente única y exclusivamente con base en las leyes generales

   •   José Alberto Gordillo Flecha: A pesar de que hay vacíos legales, las mujeres nunca deben ser violentadas de ninguna manera

A. Marroquín / Diario de Chiapas

Las reformas al Código de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas siguen impidiendo que el presidente municipal de Tuxtla Gutiérrez, Carlos Orsoe Morales Vázquez, sea castigado por ejercer violencia de género en contra de la regidora Adriana Guillén Hernández.

En sesión extraordinaria virtual del miércoles 16 de diciembre, el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC), determinó desechar el décimo punto de acuerdo donde se analizaría y aprobaría en su caso el proyecto de resolución respecto al procedimiento especial sancionador IEPC/PE/Q/AGH/003/2020, iniciado en contra de Morales Vázquez por la comisión de violencia política contra la mujer en razón de género e cumplir las disposiciones previstas en la normativa electoral.

Esta determinación unánime, se presenta luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolviera como inconstitucional las reformas a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como la Ley de Participación Ciudadana del Estado, donde el IEPC debe regirse bajo el Código de Elecciones anterior, el cual reguló las elecciones de 2018.

En su participación, María Magdalena Vila Domínguez, consejera presidenta de la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias del IEPC, manifestó que el procedimiento especial sancionador en contra del alcalde de Tuxtla Gutiérrez se tuvo que desechar para garantizar el debido proceso y para dar certeza al Código de Elecciones vigente, dejando en claro que el proceso no queda inconcluso, sino que se presentará un nuevo proyecto con los términos vigentes.

“Con fundamento en el Artículo 294 del Código de Elecciones y Participación Ciudadana el asunto sea devuelto para efectos de que la Dirección Ejecutiva Jurídica y de lo Contencioso vuelva a presentar un proyecto conducente”, declaró.

A esto, la consejera pidió remitir el proyecto de resolución a la Dirección Ejecutiva Jurídica y de lo Contencioso, a efecto de adecuarlo con la normatividad electoral vigente antes de la publicación de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Chiapas, y las leyes generales en la materia.

“Que se regrese al área citada para efectos de reformular y en su caso el sentido de dicha resolución salvaguardando también la garantía de audiencia de las partes, y que la Dirección Ejecutiva Jurídica y de lo Contencioso presente de nueva cuenta el proyecto en términos de la legislación vigente a este pleno”, detalló.

Asimismo, Oswaldo Chacón Rojas, consejero presidente del IEPC, puntualizó que el dictamen tiene que ser reforzado con base en los lineamientos para la integración, funcionamiento, autorización y conservación del registro nacional de personas sancionadas en materia de violencia política contra mujeres en razón de género. 

“Yo agregaría que no se devuelva a la Dirección Jurídica para fundamentar y razonar el expediente única y exclusivamente con base a las leyes generales, hay un documento que es fundamental y es el que va a servir de soporte para que si en dado caso se acreditara esa responsabilidad, entonces pudiera proceder la inhabilitación y el registro en libro manejado por el Instituto Nacional Electoral, que es justamente los lineamientos para la integración, funcionamiento, autorización y conservación del registro nacional de personas sancionadas en materia de violencia política contra mujeres en razón de género, que aprobó el Consejo General del INE y que nos vincula a todos los OPLES del país”, manifestó.

A lo anterior, Chacón Rojas destacó que lo importante de regresar a la Dirección Jurídica es, que con base en los nuevos fundamentos se garantice el derecho de audiencia, y al debido proceso a la persona que está siendo sindicada, con el propósito de no violentar los derechos de nadie y así estar en condiciones de conocer los resolutivos del Consejo General del IEPC.

Por su parte, José Alberto Gordillo Flecha, representante propietario del PRI en el IEPC, coincidió con la postura de los consejeros electorales por vulnerar el debido proceso, acción que posibilitaría al edil evadir su responsabilidad.

De esta forma, el representante confío en la determinación del Consejo General de presentar un nuevo proyecto con la ley vigente, no sólo para marcar un precedente en el tema, sino para que este tipo de actos sean un parteaguas para erradicar la violencia política en contra de las mujeres.

“Lo importante es que esas mujeres puedan decir lo que quieran, puedan manifestar, argumentar, criticar y decir lo que quieran siempre y cuando no les violenten sus derechos, nunca deben ser violentadas de ninguna manera, y en razón de eso abramos esta posibilidad de que este acuerdo en particular que se está retirando del orden del día sea haga para mejorarlo… y cause total fuerza jurídica al momento de aplicarlo o individualizarlo al momento de que se le notifique al presunto infractor. Avalamos la postura de la consejera presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias de este instituto”, dijo.

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A. Marroquín / Diario de Chiapas

El alcalde de Tuxtla Gutiérrez, Carlos Orsoe Morales Vázquez, sigue generando polémica por menospreciar la labor de las instituciones electorales, y de compañeras en el Ayuntamiento capitalino.

A través de un oficio remitido al secretario técnico y director Jurídico de lo Contencioso del IEPC, Morales Vázquez manifestó siete puntos de impugnación luego de que la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias decretara un Procedimiento Especial Sancionador por Violencia Política contra la Mujer en Razón de Género.

En el documento, el funcionario público alega sobre la denuncia interpuesta por la novena regidora del Ayuntamiento tuxtleco —sin nombrarla—, Adriana Guillén Hernández, de carecer de fundamento por no acreditarse los mensajes de odio que expone la funcionaria, que a su criterio las acciones violentas cometidas por él son inexistentes, ya que se procede conforme a derecho.

Sin embargo, dentro de los alegatos que el presidente municipal presenta expresa su desprecio al Organismo Público Local Electoral (OPLE); documento oficial que no se toma con la seriedad de un servidor público, por asemejarse a una carta de desamor.

Esta acción, se presenta luego de que la autoridad le interpusiera una multa equivalente a los 217 mil 200 pesos, como el de ofrecer una disculpa pública a favor de la regidora Guillén Hernández.

De esta manera, el alcalde pretende que se le juzgue como un funcionario ejemplar para que sus aspiraciones políticas futuras no se vean frustradas por la determinación del IEPC, acción que pudo evitarse si el Ayuntamiento hubiera reconocido en tiempo y forma la carencia de perspectiva de género de un alcalde tachado de machista y misógino.

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