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¿Qué es el delito de peculado?

Existe una lista extensa de delitos que los funcionarios públicos mexicanos pueden cometer, siendo el peculado uno de los más comunes.

Rafael Mejía Fernández de Lara
Existe una gran lista de delitos que un funcionario público puede cometer mientras ejerce su cargo como político mexicano; sin embargo, uno de los más comunes por los que han acusado a muchos servidores últimamente es el de peculado.
Desde Andrés Granier, César Duarte y hasta el ex presidente municipal de Hidalgo, Eleazar G.S, todos han sido perseguidos por la justicia debido haber cometido el delito de peculado.

¿QUÉ ES EL DELITO DE PECULADO?
La Organización de los Estados Americanos (OEA) define el delito de peculado como la apropiación indebida o desvió de bienes, fondos o títulos que un funcionario público o una persona del sector privado, en la que se haya confiado, lo realiza en virtud de un cargo en el poder.
“La malversación o peculado se refiere, como mínimo, a la toma fraudulenta de dinero o bienes que se hayan confiado a una persona sin autorización para usarlos para sus propios fines”, indica la organización.
Cuando se habla de peculado hay un concepto que va de la mano del delito: se trata de la “apropiación indebida”, en este caso de fondos o bienes.
La apropiación indebida se refiere al uso ilícito de dinero o bienes que se le hayan confiado a un servidor público, pero que fueron empleados para sus intereses o el de instituciones que le beneficien.
Por su parte, la Secretaría de la Función Pública (SFP) explica que el delito de peculado además de referirse a la apropiación de fondos, también puede considerarse cuando existe una desviación de los recursos del Estado.
“Se puede presentar también independientemente de que la persona servidora pública o el particular obtengan o no una utilidad para sí mismos o para tercero”, señala la SFP.
El delito tiene la particularidad de que puede ser cometido tanto por servidores públicas como particulares, pero siempre debe de haber un beneficio personal o de organizaciones que se promocionen con fines políticos.

¿CÓMO FUNCIONA EL DELITO DE PECULADO?
Cada año, el Congreso de la Unión destina un presupuesto para infraestructura pública como: hospitales, escuelas, carreteras, obras públicas entre otros casos.
Se dice que se comete peculado, cuando una persona servidora pública se queda con el dinero que se debía administrar para los fines anteriores y que beneficien a los ciudadanos.
En un manual sobre los delitos más comunes de los servidores públicos, la SFP explica algunos escenarios en el que un trabajador del gobierno o político puede cometer peculado:
Cuando una persona decide colocar parte de los fondos del Estado en una cuenta propia.
Cuando una persona encargada de la nómina de una institución prefiere depositar el dinero en su cuenta que en la de los empleados.
Cuando los fondos destinados a mejorar los servicios de la comunidad son desviados para patrocinar campañas electorales o actos políticos.
Cuando una persona, en un cargo de poder, decide promocionar o denigrar a un individuo a cambio de dinero proveniente del erario público.

¿QUÉ DICE LA LEY?: ASÍ SE CASTIGA EL PECULADO
Si quieres saber más sobre los escenarios en los que un servidor público o trabajador del sector privado comete el delito de peculado puedes hacerlo revisando el Código Federal Penal en el artículo 223.
En dicho artículo también se mencionan las penas y castigos que una persona merece si comete peculado:
Las penas por peculado van desde los tres meses hasta los 14 años en prisión, así como de 30 a 150 días de multa. El castigo dependerá del monto que el funcionario haya desviado.
Por ejemplo: “Cuando el monto de lo distraído o de los fondos utilizados indebidamente no exceda del equivalente de quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión y de treinta a cien días multa”.
Mientras que: “Cuando el monto de lo distraído o de los fondos utilizados indebidamente exceda de quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión y de cien a ciento cincuenta días multa”, indica el artículo 223 del Código Penal Federal.
Por otra parte hay que considerar que si los recursos apropiados ilícitamente son de carácter federal y con fines de seguridad pública, las penas pueden incrementarse hasta un tercio más de lo señalado en el Código.

EJEMPLO DE PECULADO: CASO CÉSAR DUARTE
El ex gobernador de Chihuahua, César Duarte Jáquez, quien estuvo al frente del estado de 2010 a 2016, fue señalado por cometer el delito de peculado mientras se desempeñaba como servidor público.
Supuestamente, Duarte autorizó el desvío de recursos a empresas fantasmas que posteriormente fueron utilizadas a favor del Partido Revolucionario Institucional (PRI).
Por lo que el político, actualmente enfrenta un proceso penal por los delitos de peculado y asociación delictuosa, luego de haber sido detenido en Miami, Estados Unidos, y extraditado a Chihuahua en 2022.
Los actos de Duarte están relacionados con la Operación Safiro, uno de los hechos de corrupción más grandes en el país.

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