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Refuerza Poder Judicial atención

M de R / Diario de Chiapas

En el marco de la contingencia mundial por Covid-19, el Poder Judicial del Estado de Chiapas atendió con responsabilidad las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), ampliando la suspensión de términos, pero multiplicando acciones jurisdiccionales y administrativas en rubros civiles, mercantiles, familiares, penales y mixtos, para garantizar la impartición de justicia en Chiapas.

De esta manera y derivado de la Sesión Ordinaria del Pleno, el Consejo de la Judicatura emitió el Acuerdo General Número 17/2020 (consultable en la página institucional), por el cual el Poder Judicial del Estado de Chiapas, que encabeza el magistrado presidente Juan Óscar Trinidad Palacios, estableció continuar con la reactivación gradual de las actividades jurisdiccionales y administrativas, en apego a los lineamientos de salud tanto federal como estatal, garantizando el acceso a la justicia, en estricto apego al respeto a la vida y los derechos humanos.

Para esta nueva fase y derivado de la emergencia sanitaria por el Covid-19, se contempla, entre otras acciones, la ampliación del periodo de suspensión de labores, del 03 de noviembre de 2020 al 03 de enero de 2021, restableciéndose las actividades a partir del 04 de enero de 2021, por lo que continúan suspendidos los términos y plazos procesales.

En este marco, el Consejo de la Judicatura integrado además por las consejeras Isela de Jesús Martínez Flores y María Itzel Ballinas Barbosa, expusieron que para continuar con la operatividad en la impartición de justicia se reanuda la actividad jurisdiccional en los Juzgados Mixtos y del Ramo Penal del Sistema Tradicional, de los diversos Distritos Judiciales del Tribunal Superior de Justicia del Estado, en los procesos que se encuentre agotada la instrucción, hasta el dictado de la sentencia correspondiente, en la inteligencia que serán notificadas cuando se haya levantado la suspensión de plazos y términos procesales, decretado en Acuerdo General número 03/2020, de fecha 18 de marzo de 2020, con excepción de las sentencias que sean absolutorias, las que serán notificadas de inmediato.

De la misma forma, las y los titulares de los Órganos Jurisdiccionales mencionados, en los procesos que hayan dictado sentencia absolutoria, deberán realizar los trámites legales y administrativos para la devolución de la caución que se haya otorgado, y para ello, la Dirección del Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia, queda habilitada para el debido cumplimiento de estas funciones.

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