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El Agrarismo en la 4ta Transformación

Roger Heli Díaz Guillén.

El destino del agrarismo mexicano está en las manos del poder ejecutivo y este los delega a la SEDATU, Procuraduría Agraria y RAN que es voz de la política agraria del gobierno de la transformación para el desarrollo agrario y rural, exponiendo en libro y comunicados oficiales  publicados en el 2023 que este gobierno “representa la base ideológica y política del nuevo proyecto de nación” donde lo rural y agrario es un tema de interés de la vida pública de México; que “exige unir la ética con la política, poner la política al servicio del pueblo; rescatar valores como la honestidad, la veracidad, la lealtad y el amor al pueblo. Supone nuevas formas de pensar y de actuar para rescatar el campo; para ello es necesario defender nuestra cultura y nuestro patrimonio histórico”.

Sin pretender abrir un debate sobre el mundo agrario y rural en la perspectiva del agrarismo mexicano en la responsabilidad gubernamental, si se considera importante como indicador destacar que ha centrado su atención para rescatar al campo en los derechos individuales para combatir la pobreza, hambre y la exclusión social de sectores sociales vulnerables que se reconoce y es loable; dejando de atender los derechos colectivos de ejidos, comunidades y pueblos en programas de bienestar social como sembrado vida, fertilizantes e insumos, entre otros, omitiendo que son dueños de la tierra social materia de atención del gran programa para el desarrollo rural y protección al medio ambiente citado; dejando de observar y atender que el desarrollo rural es genérico y visión que se traduce en realidad mediante el desarrollo agrario, que  inicia, trabaja y expresa en el desarrollo comunitario de ejidos y comunidades basado en la inclusión, desarrollo humano para la intervención social, organización, norma agraria y comunitaria, gestión, integralidad y sostenibilidad.

En este orden, respetuosamente se considera que la política agraria y rural no debe estar al servicio del pueblo ni del gobierno porque es un derecho civil, administrativo, agrario y humano del que ya exige obligaciones y responsabilidades de quien protege y de quien lo ejercita y beneficia, basados en derechos territoriales, formas de propiedad y tenencia de la tierra social, privada rural y sujeto de derecho agrario, que subyace en los mundos agrario y rural donde se gesta y desarrolla el agrarismo mexicano. La política es el espacio del interés colectivo que apertura voces e ideas donde se da vida a la democracia y da contexto a la ordenanza y gobernanza comunitaria, base del orden social nacional.

Hablar de agrarismo en México obliga a contextualizar la historia en lo general y especifico preguntándonos donde estamos y hacia donde vamos en el mundo rural y agrario, destacando en este orden que después de la revolución mexicana y lucha de Emiliano Zapata, pasamos al reparto agrario que transito en dos siglos que concluyó en febrero de 1992 para dar paso al ordenamiento territorial y documental de la propiedad ejidal y comunal cuyo proceso se ha sustentado en programas transexenales, 1992-2024, con avances en más del 95%, iniciado con PROCEDE, seguido de FANAR y hoy RAAJA.

Hemos transitado en tres momentos y/o etapas estando hoy en la construcción de la cuarta etapa del agrarismo donde el desarrollo necesariamente debe ser inclusivo, integral y sostenible ante un escenario de orden documental de la tierra social que facilita a la organización para el desarrollo agrario, orden y participación social de hombres y mujeres del campo en un equilibrio de intervención y responsabilidad comunitaria dispuesto como PARIDAD DE GENERO por el derecho nacional desde el 2023; que deben estar vinculados a contenidos normativos agrarios y comunitarios delimitados en lo territorial, forma de propiedad, económico, social, cultural, natural, ordenanza y gobernanza como los reglamentos internos ejidales y estatutos comunales que también deben ser comunitarios.

Estos contenidos delimitados en los usos y costumbre jurídica comunitaria deben transitar a instrumentos normativos agrarios comunitarios basados en procesos de reordenamiento territorial y normativos basados en la costumbre jurídica y el derecho nacional agrario que incorpore los componentes natural y cultural patrimonial de los territorios e integrando la diversidad social en los fines de bien común, bienestar y desarrollo humano, social y comunitario. Los reglamentos y estatutos de ejidos y comunidades en su integralidad deben ser comunitarios y la tierra mas que propiedad social es un territorio donde se basa la identidad y pertenencia que sustentan los patrimonios cultural y natural.

Para rescatar al campo este gobierno ha apoyado con el programa sembrando vida, el cual sin justificación no considera como sujeto de atención a los más de 32 mil ejidos y comunidades dueños de poco más de la mitad del territorio nacional, ni atiende las tierras de uso común con decenas de millones de hectáreas; otorgando fertilizantes, semillas y ganado y; no más de dos reformas. a la ley agraria relacionado con los derechos de la mujer campesina que son importantes; debiéndose abandonar a la gestión mediante la representación; la organización; la producción y la actualización de instrumentos normativos armónicos con la biodiversidad y patrimonio cultural; careciéndose de políticas públicas que verdaderamente rescaten al campo en su integralidad y aspiren al desarrollo agrario integral sostenible.

El agrarismo de la 4ta trasformación debe mostrar su voluntad política iniciando por reconocer que el campo ya transitó de la lucha por la tierra al reparto agrario y de este al ordenamiento territorial y derechos con cuatro leyes; que el campo requiere además de los apoyos de bienestar social, de la consolidación del ordenamiento del reparto agrario fortaleciendo el orden comunitario vinculado al territorio revalorando sus componentes como la biodiversidad, patrimonio arqueológico, paisajes rurales y culturales y sus recursos naturales, incorporándolo al contenido normativo y orden social de los pueblos; que sin lugar a dudas abonará al orden, paz, seguridad, desarrollo turístico y cultural del mundo agrario y rural.

EL agrarismo contemporáneo debe dejar de ver y atender al desarrollo agrario y rural únicamente como subsidios, infraestructura urbana, terrenos nacionales, plantas, semillas, fertilizantes, insumos y animales de corral y ganadero. La transformación del campo inicia con la reforma al artículo 27 constitucional;  derogación de leyes como las de desarrollo rural sustentable y desarrollo forestal sustentable que no responden a los objetivos de desarrollo sostenible que ordena la ONU y; reformas a la ley de cultura, ley de derechos culturales y; ley de equilibrio ecológico y la protección al ambiente; que permitirá fortalecer el orden social y territorial normativo de responsabilidades y definir áreas de intervención social comunitaria para el desarrollo agrario integral sostenible con acompañamiento y solidaridad con el ejecutivo del estado mexicano y las diversas organizaciones sociales, campesinas e indígena vinculadas.

Unir la ética con la política que aspita el agrarismo de la 4ta transformación es un reto y aspiración de gobiernos, diputados y senadores donde de lo cognoscitivo que asimilan del pueblo, donde emana la soberanía, la democracia, gobernabilidad  y paz social que los alimenta, debe transitar al cambio de aptitud y actitud como parte del capital humano y social nacional del poder soberano, como condición necesaria para aspirar a una transformación con intervención social en el mundo agrario y rural.

Esta transformación en el nuevo agrarismo exige de conductas éticas en la actuación política y de gobierno que respondan al interés común y atención a necesidades reales integrales de la población rural que empieza con el fortalecimiento del orden comunitario, a partir de un reordenamiento territorial normativo de los núcleos agrarios que incorpore los componentes biodiversos y bioculturales del territorio basados en la ordenanza, gobernanza comunitaria y la costumbre jurídica como fuente del derecho y; el respeto en la relación gobierno y pueblos, comunidades y ejidos como sujetos de interés y de derecho público.

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